Antigüedad y liquidación

Buenas, mi consulta es la siguiente. Mi marido está en una cooperativa hace casi 14 años, el pertenece al almacén pero en nómina y contrato está como dependiente en una de las varias tiendas que tiene su jefe. Resulta que una de esas tiendas está a nombre de la madre del jefe y ahora quieren darla como jubilada pero le están diciendo a los empleados que cuando eso suceda y cambie a nombre del hijo que perderán la antigüedad y que además no tienen derecho a liquidación, solo a cobrar un mes por todo lo trabajado. Quería saber si es cierto que la antigüedad la pierde y si es verdad que la liquidación solo es un mes trabajado. Gracias.

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QUESNAY KERNEL ABOGADOS

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho Laboral

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El contrato es el que condiciona todo el proceso.
Si su marido está contratado en una empresa (parece ser que es una cooperativa), que alguien se jubile no afecta para nada y, por tanto, tampoco se puede modificar ni el contrato, ni la antiguedad, ni condiciones.
Si el contrato lo tiene con un empresario persona física, si que puede verse afectado. En este caso, sin embargo, si hay continuador éste debe mantener las condiciones de los empleados, incluidas las antiguedades.
Por lo tanto, con los condicionantes que indica, no hay finalización de contrato ni liquidación derivada de ello.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Despido Improcedente Vigo Pilar Carbajales
Contestado

A ver, a información que estás dando do caso é contradictoria. Se traballa nunha cooperativa, da igual que se xubile a "sra", porque a empresa (cooperativa) non se xubila. Por outra parte, falas de que cambiará a nome do fillo: entón onde traballa, nunha cooperativa ou para unha persoa física (a Sra. que se vai xubilar)? Para mais aclaracións podes poñerte en contacto directamente a través de e-mail. Saúdos

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