Arrendamiento de piso sin documentar: ¿cómo puedo echar al inquilino?
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Mejor respuesta según autor
Básicamente tienes dos opciones. Acudir al Juzgado a interponer un procedimiento por desahucio por falta de pago de la renta, si hay posibilidad de documentar el mismo o en su caso, ir con un cerrajero cambiar la cerradura y por la vía de hecho hacerte nuevamente con el uso de la vivienda.
El puede ir al Juzgado confirmando que ha existido una perturbación posesoria pero si no tiene como acreditar la existencia del arrrendamiento.
Si no se puede acreditar la existencia de un arrendamiento porque todo ha sido verbal, también se puede solicitar el desahucio del precarista ( aquel que uso una vivivenda ajena sin autorización ni título que le legitime para ello).
Espero haberte ayudado, si quieres más información mi teléfono es el 94.480.17.18, puedes preguntar por Gorka.
Un saludo.
ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Bancario
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Tal y como le aconsejan mis compañeros, sería importante contar con los servicios de un abogado para mejor resolver este asunto. En mi opinión, la opción judicial pasaría no tanto por un desahucio por falta de pago como por un desahucio por precario, ya que a su actual "inquilino" le iba a resultar muy complicado acreditar la existencia del arrendamiento, pero habría que valorar el asunto despacio.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
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Le sugiero que se ponga en manos de un abogado, y si no tiene pruebas de que el piso lo tenía arrendado, se plantee una demanda de extinción de precario, entiendo que es l a opción más adecuada.
Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
Inste un desahucio por falta de pago. Aunque debe consultar el asunto con un profesional puesto que si no es domicilio habitual del supuesto inquilino, es decir, no lo habita, podría caber la posibilidad incluso de entrar en la vivienda (por abandono del inquilino) sin necesidad de ir a los tribunales. Pero esto último debe hacerlo Vd. con las debidas precauciones, para evitar ulteriores denuncias.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Debe ponerse en contacto con un abogado a fin de que le asesore del modo de proceder, que seguramente, tras analizar sus circunstancias, pasará por una reclamación extrajudicial y de no surtir efecto, por un desahucio judicial, para todo lo cual le conviene estar bien asesorado. Espero haber sido útil, un cordial saludo.