Ayuda por favor que estoy muy preocupada 😓
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Abogado recobro impagados Madrid - Consulting Abogados las Hazas
Abogado de Madrid especializado en Reclamaciones de Impagados
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Las amenazas están descritas en el Art. 169 del Código Penal y pueden ser un Delito o una Falta, dependiendo de que el mal con el que se amenaza sea Delito o Falta. Las amenazas son denunciables ante la Policía o en el Juzgado, donde deberá acudir con todas las pruebas que tenga en su poder.
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Lo que debe de hacer es presentar una denuncia contra la persona que le esta amenazando.
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CASTRO & DEL POZO - ABOGADOS
Abogado de Alcalá de Henares especializado en Derecho Penal Común
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