Ayuda con vivienda en alquiler

Hola, vivo en un piso en alquiler desde 1 año y medio. Es desde cuando he entrado a vivir aqui que tengo problemas con las ventanas (notificadas a la finca ya desde el dia 1). Son completamente podridas y cuando llueve entra agua. A parte los problemas de humedad y hongos en las paredes que ya son bastante graves (por la salud), ahora he notado que adentro de la madera podrida están viviendo gusanos. Ya he hablado con la finca muchísimas veces. Han venido a verlas y la finca dice que son de cambiar todas. El proprietario no quiere hacer nada. No da la autorización por arreglarla y yo no puedo vivir asi. Cada vez que abro la ventana me caen gusanos adentro del piso. Me viene el vomito!! ademas, repito, por una cuestión de sanidad no me parece una situación normal
Como puedo moverme? Porque la finca dice ha ha preguntado diferentes presupuesto pero si el dueño no da la autorización no podemos hacer nada.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado especialista en accidentes en Sant Joan Despí REDONDO ADVOCATS
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Buenos días,

Según explica, el propietario podría estar incumpliendo su deber de mantener el piso arrendado en condiciones de habitabilidad. En primer lugar, en virtud del artículo 21.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, el arrendador está obligado a realizar (y sin derecho a elevar la renta por ello) todas las reparaciones que fuesen necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido.

Usted, como arrendatario tiene la obligación de poner en conocimiento del propietario en el plazo más breve posible (que entiendo que ya lo ha hecho), la necesidad de las reparaciones. En caso de urgencia (que Usted debe acreditar), y con previa comunicación al propietario, podría realizar las obras que sean urgentes para evitar un daño inminente o una incomodidad grave, y exigir de inmediato su importe al arrendador.

Otra cuestión es en caso de que incumpliese, estaría usted facultado para exigir el cumplimiento de la obligación o a promover la resolución del contrato.

En cualquier caso, y antes de tomar una determinación al respecto de la mejor actuación debería revisarse su contrato de arrendamiento a este respecto, pues aquí se indican generalidades.

Un cordial saludo y esperamos haberle ayudado,

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Miguel Ángel Valencia de las Heras
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Tendrá que acudir a la ley de arrendamientos urbanos y al contrato de alquiler que firmó en su día. Una vez consultado, debe procecer a exigir a la propiedad, de no cumplir su parte, deberá demandarle

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado