Baja laboral al finalizar contrato.
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Estimado cliente en principio si se acaba su continuará cobrando su Incapacidad Temporal (IT), pero cambia el importe de lo que se cobra por la IT. Ahora se le paga lo que le correspondería de prestación por desempleo. El pago lo hace el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) o la Mutua.Cuando el médico le de el alta, ya se encontrará en situación legal de desempleo y podrá pedir el paro. Tiene 15 días hábiles para solicitar la prestación o el subsidio por desempleo.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Urbanístico
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Mientras siga de baja no pueden rescindirle el contrato y tiene, por tanto, derecho al cobro de la nómina.
Quedo a su disposición para cualquier consulta o asesoramiento.
Jesús Villodre
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