Baja laboral, permiso retribuido por hospitalización y despido

Buenas la semana pasada mi hermano sufrió un infarto, como consecuencia ha sido operado de urgencia ingresado en la UCI.
Tras 1 semana de ingreso le dan el alta hospitalaria con un reposo domiciliario mínimo de 4 meses, comenzando la rehabilitación cardíaca.
Tras hablar con recursos humanos me quieren dar solo 2 días porque estuvo ingresado, mi hermano vive en Jaen a 500 klm de Valencia por lo que según el ET art. 37.3.b) me pertenecen 2 dias + 2 dias por tener que desplazarme hasta Jaen.

La empresa se basa en un laudo arbitral del 17 de julio de 1996 dictado por Don Fernando Valdes Dal-Re en el conflicto derivado del proceso de sustitución negociada de la derogada ordenanza laboral para las empresas de transporte por carretera de 20 de marzo de 1971, en lo que se refiere en el subsector de alquiler de coche, no especifica nada de permisos por lo que me remito al estatuto de trabajadores.

El día 25/5/2019 soy dado de baja laboral por accidente de trabajo por la mutua por cervicalgia que el tratamiento sera largo....

El día 31/05/2019 la empresa me va a despedir porque no van a trabajar mas en Valencia, firme el no traslado a Madrid por lo que me despiden por cierre!!.

Si hago entrega del justificante de ingreso de mi hermano y otro justificante por intervención quirúrgica propia día 30/05/2019 que me pertenece 1 día , una vez finalizada la baja laboral.
¿La empresa deberá pagarme esos 5 días retribuidos que no he podido disfrutar en su tiempo por baja laboral y por el despido?
Ya que se hizo entrega de los justificantes antes de que se produzca el despido.
Muchas gracias......

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Vincit Abogados - Expertos en derecho laboral
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Buenas, existe un poco de confusión de datos y falta de concreción de hechos y fechas, pero si Ud. está de baja médica de IT desde 25/05/2019 ya no actúan los permisos retribuidos, salvo en aquello que exigiera reposo y que no se respeta, pero sería otra cuestión. Además, otra cuestión aparte es el despido, pero tampoco es cuestión en la pregunta ni tampoco se dan detalles. A salvo de más datos. Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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HDH ABOGADOS VALENCIA

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Abogado de Valencia especializado en Derecho Civil General

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Buenos días,
Añado a lo expuesto por mi compañero de "Vincit" que, en caso de despido, tendrá 20 días para reclamar ante el SMAC. No deje pasar el plazo.
Saludos,

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