Caída restaurante suelo mojado ¿puedo reclamar?

Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
En casos como el suyo tiene un año para reclamar desde que se ha curado y le han dado el alta, no desde el siniestro. Ahora bien, antes de reclamar por la vía judicial, le aconsejamos que trate de hacerlo poniéndose en contacto con el establecimiento, ya que suelen tener un seguro que cubre este tipo de riesgos, y también que reclame con el asesoramiento siempre de un abogado que, después de conocer todos los detalles de su caso, le informe sobre la viabilidad de su reclamación y las diferentes alternativas de que dispone, aunque en principio sólo esté detrás impulsando sus pasos. Asimismo, le recordamos que tendrá que probar, si lo niegan, que la rotura ha ocurrido en el restaurante y por estar el suelo mojado y para ello podrá servirse de todos los medios de que disponga (testigos, invitación de boda, fotos y, en especial, parte médico de ese día en el que se haya podido recoger lo que usted ha contado sobre el accidente). También tendrá que probar llegado el caso la cuantía del daño que ha sufrido, advirtiéndole sobre esto que siempre la aseguradora tenderá a tirar a la baja y más si va sin abogado, de ahí la recomendación que antes se le ha hecho para que busque uno. Si desea contactar con nosotros lo puede hacer por teléfono o email, ya que trabajamos en toda España y también prestamos asesoramiento telefónico y on line en casos como el suyo.

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1 profesionales de acuerdo
Buenos días,
Usted puede reclamar una indemnización siempre que se acredite que el restaurante omitió los deberes de mantenimiento, limpieza, seguridad...Es decir, no le corresponde una indemnización de por sí, pero si se puede acreditar este elemento, sí que existiría una indemnización. Para ello es fundamental contar con alguna prueba de los hechos (fotografía, testigos...). para calcular la indemnización por sus lesiones se utiliza el Baremo de accidentes de tráfico, que establece una indemnización por días y posibles secuelas. El plazo para reclamar es de 1 año desde que se estabilizan las lesiones o desde el alta.
Quedamos a su disposición.

Abogado Mercantil Salamanca JUAN FRANCISCO MERCHAN MATEOS
Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil
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1 profesionales de acuerdo
Buenas tardes:
Lo que Vd. pretende es ejercitar una acción de responsabilidad extracontractual al dirigida en reclamación a otro la reparación del daño que ha causado, interviniendo culpa o negligencia y fuera del marco de una relación contractual.
Si cumple los requisitos de acción contraria al derecho; daño; nexo causal (daño con la acción) y culpabilidad, su acción puede prosperar.
Tal y como indica, y si cuenta con los elementos probatorios suficiente para demostrarlos, considero que hay probabilidad de estudiar el asunto para que vea efectiva su reclamación.
Espero haberle sido de utilidad .

ABOGADO - PEDRO DAVID SOLER RIDAO - ABOGADO
Abogado de Almería especializado en Derecho Civil
Buenas tardes; en un principio tiene de plazo un año para reclamar desde su curación o derivación al alta.
El trámite se podría iniciar ahora, aunque en su momento no pusiera reclamación, y en primer lugar y fundamental sería acompañar un parte médico de lesiones, rehabilitación si fuere necesario, etc.; y que dispusiera de testigos.
Silo desea puede contactar con nuestro despacho en el número 950*20*68*01 y estaremos encantados de darle una cita en la que le explicaríamos con más detalle y tras estudiar la documentación y testigos de los que dispone de las posibilidades de que su reclamación pueda prosperar. Reciba un cordial saludo

Estimado cliente: Como especialista en Derecho de Daños tienes derecho a ser indemnizado. Para ello es necesario el parte médico que acredite su lesión. Podrá iniciar la reclamación siempre que no haya pasado más de un año desde que sufrió la lesión. Nuestro bufete tiene más de 30 años de experiencia en la resolución de este tipo de asuntos y cubrimos todo el territorio nacional. En caso de necesitar más información adicional, puede ponerse en contacto con nosotros. Quedando a su disposición para asesorarle en lo que necesite, reciba un cordial saludo. Atentamente

Abogado Accidentes Leganés - Abomedia Asesores
Abogado de Leganés especializado en Responsabilidad Civil
Buenos días, compartiendo el criterio y las opiniones de mis compañeros, lo primero de todo es demostrar la culpa o negligencia del establecimiento. Si se puede acreditar con imágenes, video, testigos...que la caida se produce mediando dicha culpa o negligencia, su acción podría prosperar, disponiendo de un año desde la fecha de la estabilización de sus lesiones. Le recomendamos que se ponga en manos de un abogado experto que estudie su caso y las pruebas con las que cuenta.
Saludos cordiales

Abogados Accidentes Almeria - M.ª BELEN ABAD GARCIA
Abogado de Ejido especializado en Derecho Penal Común
Si. Pero es importante hacerlo correctamente desde el principio, haciendo las reclamaciones necesarias tanto ante la empresa responsable como ante su compañía aseguradora. Este despacho está especializado en reclamaciones por accidentes tanto frente a responsables como frente a Aseguradoras.
Si desea que le asesoremos personalmente o que tramitemos su reclamación, no dude en ponerse en contacto con el bufete.
Sin otro particular, reciba un atento y cordial saludo.

ABOGADO VIOLENCIA DE GÉNERO ALMERIA INMACULADA VELA JIMENEZ
Abogado de Almería especializado en Derecho Penal
Comparto lo que mis compañeros le han comentado. En primer lugar, se debería acreditar la culpa o negligencia del restaurante, así como deberá de contar con una serie de pruebas (partes médicos, rehabilitación, testigos de lo sucedido...). Le recomendamos que se ponga en manos de un abogado experto que estudie su caso y las pruebas con las que cuenta. Si lo desea, puede ponerse en contacto con nuestro despacho. Un saludo

Abogado Indemnizaciones Accidentes de tráfico Almeria- A.M.P. Abogados y Asociados
Abogado de Almería especializado en Derecho de Familia
Muy buenas;
Podría tener derecho, dependerá en primera lugar, de poder acreditar documentalmente, la existencia de la lesión, con un parte médico, informes de rehabilitación.... por una parte con testigos que efectivamente se produjo en este restaurante, sin estar señalizado el sitio fregado....
Para poder estudiar el caso, más detenidamente, estamos a su disposición en nuestro despacho.
Un cordial saludo.

Abogado Indemnizaciones Accidentes de tráfico Almeria- A.M.P. Abogados y Asociados
Abogado de Almería especializado en Derecho de Familia
Muy buenas;
Podría tener derecho, dependerá en primera lugar, de poder acreditar documentalmente, la existencia de la lesión, con un parte médico, informes de rehabilitación.... por una parte con testigos que efectivamente se produjo en este restaurante, sin estar señalizado el sitio fregado....
Para poder estudiar el caso, más detenidamente, estamos a su disposición en nuestro despacho.
Un cordial saludo.

Abogado Ana Martín
Abogado de Almería especializado en Contencioso Administrativo
Para poder reclamar es necesario contar con el correspondiente parte médico que acredite las lesiones sufridas y la fecha en que se produjeron, así como con otras pruebas que atestigüen que los hechos sucedieron tal y como usted señala, como declaraciones de testigos. Estamos a su disposición en Almería capital si desea iniciar los trámites cuanto antes. Saludos cordiales.