Cambio puesto y funciones

Buenos días,
Trabajo en una empresa estando en España dedicada en los seguros con asegurados en Francia. Desde hace dos años tenía el puesto de tramitador de siniestros (atendiendo llamadas, gestionar y seguir los siniestros desde la apertura hasta su cierre) y desde Enero 2015 lo modificaron por el motivo de organización por un modelo "Front y Back"
Yo pasé back, con tareas distintas al puesto que tenía. Hay una tarea en el que me niego a hacer: El Fax. No consiento la rebaja de mi puesto y la poca consideración de la empresa sabiendo que llevo años allí et me asignan a un puesto dirigida primero a la nuevas incorporaciones. El día 10/02/2015 recibí una advertencia y el día 24 una sanción por falta grave de 11 días partiendo del 09-19/2015.
Miré en el portal del empleado y no está estipulado el cambio de mi puesto y la misión que quedaron los mismos de desde mi entrada y hasta hoy.
Mis preguntas son las siguientes:
Tengo la posibilidad de negar ese cambio y ser indemnizada de 20 días con paro?
Si impugno la sanción, qué pasará ?
La verdad es que la sobrecarga de trabajo y la falta de consideración de la empresa hacia mí en particular y hacia los empleados en general, rebajan el motivo a seguir dentro.
Gracias por su atención y respuesta.
Un saludo.

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Buenos días,

Su situación es compleja. Debe de impugnar todas las sanciones que le planteen, la empresa lo que está buscando es un despido disciplinario. Mire el Convenio de aplicación de su actividad.

Lo que se produjo en su trabajo fue una modificación de las condiciones laborales recogido en el Estatuto de Trabajadores. No sé si aún está en plazo, deberíamos de estudiar más su situación, pero en ese caso, el artículo 41 indica claramente que ante una modificación de las condiciones laborables el trabajador puede aceptarlo, impugnarlo o solicitar la indemnización de 20 días.

Un saludo
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Buenos días, negarse no implica que tenga de indemnizarle, ya que la indemnización es cuando se produce el despido. En caso de que se niegue la empresa puede despedirle ya sea objetivamente donde se le indemnizará por 20 días por año trabajado, o un despido disciplinario donde no corresponde ninguna indemnización. Si desea para un futuro por si le despiden disciplinariamente reclamarlo como improcedente debe impugnar dicha sanción.

Si le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, podría concertar una cita en mi despacho, para así, tratar su asunto con detenimiento

Un saludo.

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Abogado de Madrid especializado en Derecho del Trabajo

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Debe usted impugnar todas las sanciones que le impongan por qué la empresa probablemente busca un despido libre por acumulación de sanciones.

No debe usted amedrentarse y debe exigir sus derechos, si considera que la modificación incumple el contrato debe usted igualmente impugnarla.

Quedamos a su disposición para cualquier consulta gratuita.

Un saludo

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Legal Orbis- Abogados Madrid

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común

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Si su empresa dispone de un catálogo de puestos de trabajó deberá cerciorarse de que no está previsto para su puesto de trabajo el manejo del fax de manera continuada o como actividad principal. Si es así debe impugnar la sanción. Si no tiene catálogo pero usted supone que la función para la cual fue contratado no es la de atender el fax debe igualmente impugnar la sanción.

Contacte con nosotros si necesita alguna aclaración (primera consulta gratuita) y estaremos encantados de ayudarle.

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