Mi padre se niega a firmar la herencia de mi madre.

Buenos días.

Ante mi desesperación, me pongo en contacto con ustedes.

Mi madre falleció en noviembre. Quedamos vivos mi padre y mis tres hermanos (mi padre y en total contándome a mí, cuatro hermanos).

Mi madre falleció sin haber hecho testamento y en régimen de gananciales. Mis padres tienen un piso y una cuenta corriente con 200.000€.

Hemos hecho la declaración de herederos y ya solo nos quedaría ir al banco para repartir el dinero en efectivo. Mi padre, el día que nos citaron en el banco, no se presentó ya que se niega a firmar para desbloquear la cuenta corriente ya que no quiere que nosotros recibamos dinero.

Estamos planteándonos reclamar judicialmente la herencia, pero no tenemos ni idea de los plazos ni de nada, ni tampoco de qué tenemos que presentar en el juzgado y si necesitamos abogados o no.

Así mismo, si hubiera otra forma de recibir el dinero sin juicios de por medio, también me gustaría que me lo comentaran.

Personalmente estoy desesperada porque necesito el dinero urgentemente.

Espero su respuesta a la mayor brevedad. Muchas gracias.

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez

Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez

Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General

Contestado

En primer lugar, los herederos tienen que aceptar la herencia. Aunque su padre no quiera, sus hermanos y usted pueden aceptarla (cada heredero puede hacerlo por su cuenta, incluso aunque el resto no quieran, o rechacen la suya)
Por otro lado, tras la aceptación hay que hacer la partición.
Este es el punto más conflictivo y si su padre no tiene intención, puede que no quede otro remedio que instarlo judicialmente.
Sobre si necesita o no abogado, todo depende de la cuantía de la herencia: la demanda puede ser formulada por uno solo de los herederos en nombre de todos y no es obligatoria (aunque sí recomendable) la intervención de abogado cuando el importe de los bienes de la herencia no supera un determinado límite económico. En estos procedimientos siempre debe intervenir el Ministerio Fiscal.
Dado que el procedimiento es complejo, le recomiendo la contratación de un abogado.
Por otro lado, tenga en cuenta que no son procedimientos rápidos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
Basic
Abogado Viveiro Minia N. Insua

Abogado Viveiro Minia N. Insua

Abogado de Viveiro

VER PERFIL
Contestado

Buenos días;
Leo que han hecho la declaración de herederos y me dice que sólo les queda ir al banco para repartirse el dinero; por lo tanto entiendo que han liquidado el impuesto de sucesiones y que también han realizado el inventario de los bienes de su madre y han aceptado y adjudicado la herencia.
En este caso, y ante la negativa de su padre, sólo les quedaría la vía judicial para resolver el conflicto, en la cual podrá pedirse al Juzgado desbloquear la cuenta como medida cautelar para no demorar mucho la entrega del dinero a usted y sus hermanos. No obstante, le aconsejo que intente hablar con su padre y en caso de que persista le mande un burofax firmado por un abogado en el que le avise que en caso de no proceder al reparto de manera voluntaria se procederá a interponer acciones legales.
No dude en contactar con nosotros para cualquier consulta o aclaración.
Quedamos a su disposición.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Logo-anonimous-w100

Bufete Manuel Reyes

Abogado de Córdoba especializado en Responsabilidad Civil

VER PERFIL
Contestado

Si existe esa falta de voluntad por parte de su padre no existe otra forma de continuar que instar judicialmente la reclamación. En cuanto al haber hereditario, sería el 50% del piso y de la cantidad depositada en la cuenta corriente, toda vez que el otro 50% corresponde a la mitad de gananciales de su padre. Aún cuando el procedimiento puede ser largo, no existen otros problemas en la herencia, esto es, no se va a discutir la filiación de los hijos ni la existencia y titularidad de los bienes, por cuanto podría solicitarse al Juzgado una medida cautelar para el desbloqueo de la cuenta. Si es Ud. de Alcaracejos, la demanda se presentaría en los Juzgados de Pozoblanco , que no suelen tener mucha demora. Nos ponemos a su disposición para recibirle en nuestro despacho, efectuar el estudio y explicarle los trámites. Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Contestado

Siempre es recomendable la intervención de un abogado, primero para analizar las circunstancias del caso y proponer posibles soluciones, entre las que se encuentra tratar de llegar a un acurdo con el padre, por todos los medios posibles, ya que a él no le interesa y tampoco a los herederos, acudir a un procedimiento judicial, por los costes que ello supone, aunque, se no haber otra fórmula, acudir al Juzgado. Si la declaración de herederos está hecha, ya existe un gran avance, pero para poder adjudicar los bienes, es necesarios realizar la partición y adjudicación de la herencia. Espero haber sido útil, saludos cordiales.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Premium
Abogados Barcelona Tomás Dóriga

Abogados Barcelona Tomás Dóriga

Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
Contestado

Buenos días,

Entiendo que si ustedes han aceptado la herencia, él sólo tiene derecho al usufructo de 1/3 de la misma. Entiendo que si es así (habría que leer la escritura), no debe existir mucho problema para que el banco desbloquee la cuenta, al menos dos tercios de la misma. De todos modos, los herederos pueden dirigirse (no hay plazo para ello, al menos de lo que me plantea) judicialmente para reclamarlo.

Si desean una primera visita gratuíta para examinar los documentos e informar exactamente de los pasos a seguir, estamos a su disposición.

Saludos

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ABOGADO CÓRDOBA MANUEL GARCIA ORELLANA. FIRMA ABOGADOS

ABOGADO CÓRDOBA MANUEL GARCIA ORELLANA. FIRMA ABOGADOS

Abogado de Córdoba especializado en Derecho de Familia

Contestado

Estimada Señora:

Si su padre no quiere acceder a repartir la herencia o el dinero de forma amistosa la única solución es acudir al Juzgado para proceder a la división judicial de la herencia. Necesitará abogado y procurador. El plazo para solicitar la división judicial de herencia es de 15 años.

Si lo desea puede contactar conmigo y puedo ofrecerle una cita sin compromiso. En la referida reunión le facilitaría un presupuesto, también sin compromiso

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
Basic
Abogada de familia en Vecindario Adriana Loza Belén Abogada

Abogada de familia en Vecindario Adriana Loza Belén Abogada

Abogado de Santa Lucía de Tirajana

VER PERFIL
Contestado

Buen día. A efectos de solucionar este conflicto y visto, por lo que relata, que es imposible llegar a un acuerdo extrajudicial, deberán acudir al Juzgado. Para ello necesitarán de un Letrado, quien les dirá la documentación que tienen que presentar.
Saludos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ABOGADO HERENCIAS JAEN - JESUS NAVARRO RUEDA
Contestado

Por lo que relata, y si existen obstaculos, solo quedará la via judicial para poder resolver cuestión.
Estamos a su disposición para resolver cuantas dudas tenga al respecto.
Contacte conmigo, somos especialistas en la materia.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado