¿Qué cantidad me corresponde por pensión de alimentos?

Si la hija, en tres oportunidades, no ingresó a la universidad, perdiendo prácticamente más de dos años de no hacer nada y ahora ya está en la universidad, ¿tiene derecho a la pensión de alimentos igualmente?

Él es un hombre casado y en esa relación tiene tres hijos. La mayor estudia y trabaja, la segunda recién despues de dos años ingreso a la universidad, un menor de 9 años. La esposa trabaja y yo soy su pareja ya 11 años y soy jubilada por discapacidad y tengo un hijo de 9 años.

Él gana 1.000 y premios de dinero en concursos de ventas. Lo que quisiera saber es cuánto recibiría yo de ponerle un juicio de alimentos.

Gracias

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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
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Hay varias cuestiones que debe tener claras: 1) Se tiene derecho a una pensión de alimentos siempre y cuando la persona que la solicite tenga necesidad de ella. 2) la pensión de alimentos es para ayudar en las necesidades de esa persona, por lo que no puede ser utilizada con otros fines. 3) la cuantía se fija en función de las necesidades de quien la solicita y de las posibilidades de quien resulte obligado a pagarla. En virtud de estos criterios, el no ingreso en la Universidad no creo que sea motivo suficiente para denegar ese derecho. Vd. no puede recibir la pensión de alimentos ni una parte de la misma porque iría destinada a las necesidades de quien la pide. Y, por último, es difícil estimar una cuantía, pues desconocemos los gastos del alimentista y las necesidades de la perceptora de la pensión.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADOS MAJANO

ABOGADOS MAJANO

Abogado de Toledo especializado en Derecho de Familia

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Estimada señora: ciertamente la pregunta que realiza es casi imposible de responder a través de este tipo de consulta. El derecho a la pensión alimenticia y la cuantía de la misma, no es algo que se establezca de manaera atuomática, sino que requiere del estudio de unos parámetros caso por caso. Debe de tener en cuenta que dicha pensión depende de las necesidades del alimentado y los ingresos del alimentista, según nos indica nuestro Código civil. Es por eso que le recomendamos que acuda a nuestro despacho, sito en Toledo, en C/ Huérfanos Cristinos, nº 1, p. 3, 1-A para que, previa cita,podamos atenderla y resolver su duda de la mejr manera posible. Abogados Majano.

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