¿Qué cantidad me corresponde por pensión de alimentos?
Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
Hay varias cuestiones que debe tener claras: 1) Se tiene derecho a una pensión de alimentos siempre y cuando la persona que la solicite tenga necesidad de ella. 2) la pensión de alimentos es para ayudar en las necesidades de esa persona, por lo que no puede ser utilizada con otros fines. 3) la cuantía se fija en función de las necesidades de quien la solicita y de las posibilidades de quien resulte obligado a pagarla. En virtud de estos criterios, el no ingreso en la Universidad no creo que sea motivo suficiente para denegar ese derecho. Vd. no puede recibir la pensión de alimentos ni una parte de la misma porque iría destinada a las necesidades de quien la pide. Y, por último, es difícil estimar una cuantía, pues desconocemos los gastos del alimentista y las necesidades de la perceptora de la pensión.
Estimada señora: ciertamente la pregunta que realiza es casi imposible de responder a través de este tipo de consulta. El derecho a la pensión alimenticia y la cuantía de la misma, no es algo que se establezca de manaera atuomática, sino que requiere del estudio de unos parámetros caso por caso. Debe de tener en cuenta que dicha pensión depende de las necesidades del alimentado y los ingresos del alimentista, según nos indica nuestro Código civil. Es por eso que le recomendamos que acuda a nuestro despacho, sito en Toledo, en C/ Huérfanos Cristinos, nº 1, p. 3, 1-A para que, previa cita,podamos atenderla y resolver su duda de la mejr manera posible. Abogados Majano.