Carga y descarga o limitada
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Si puede probar lo que dice, tiene que alegarlo en el trámite que tiene para ello. Otra cosa es que le merezca la pena alegar o recurrir si le reducen la sanción si paga en el período que le han dado, algo que sólo usted tiene que valorar.
Abogado de extranjería Prat de Llobregat Guillermo Duran
Abogado de Prat de Llobregat especializado en Derecho Internacional
Ha de comprobar que no estuviese pintado, y que no hubiese una señal indicativa de no aparcar.
De ser así, y lo pudiese probar, con pruebas claras e indubitadas, no habría lugar a la multa, y de haber sido esta impuesta, no habría podido ser impuesta.
Buenos días.
Tendrá usted que acreditar que en ese preciso lugar se podía estacionar con fotografías donde no aparezca una señal de prohibido estacionar o una señal de carga y descarga.
Saludos.