La casera quiere vender el piso

Buenos dias,
Explico la situación.
Vivo en un piso desde mitad de septiembre de 2017. Estamos a mitad de mayo de 2018.
Mi casera siempre ha sido muy ausente,vive en Aragon y nosotros alquilamos la vivienda en Madrid.
Vivimos tres companeros de piso. Una es la sobrina de la casera, y siempre ha sido su "delegada"en el piso, puesto que no se desplazaba su tia. Mi otro companero de piso vive desde un ano mas que yo en el piso y dispone de un contrato. Por mi parte, no dispongo de contrato.
La sobrina se quiere ir el dia 1 de julio del piso, y nos dijo que no nos podiamos quedar el otro companero y yo porque su tia queria vender el piso.
No tenia planificado dejar este piso. Mis preguntas entonces son estas: ¿Nos puede echar la casera? ¿Qué pasa con el hecho de que yo no disponga de contrato real? ¿Qué derechos tengo en cuanto a mi alquiler? ¿Qué derechos tienes mi compañero?
Insisto en que hice todas las transferencias de alquiler desde septiembre con comunicacion propia, es decir " alquiler noviembre, diciembre etc...", "facturas luz, agua" o por ejemplo "fianza calle ..."
La luz y el agua no esta en nuestro nombre sino en el de la sobrina inquilina que se quiere ir el dia 1 de julio.
Gracias de antemano por vuestra respuesta

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EVA CUADRADO CARREÑO. ABOGADA AVILÉS

Abogado de Avilés especializado en Derecho Civil

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Habría que saber exactamente qué tipo de contrato tiene su compañero de piso. Me explico, por los datos que aporta, da la sensación de que existe un contrato de alquiler "principal" con la sobrina de la propietaria, y un segundo contrato de subarriendo con su compañero de piso debidamente firmado y luego un tercer contrato de subarriendo verbal con usted. Si la situación es tal y como la describo, finalizado el primer contrato, (el que tiene la sobrina), se extinguen los otros dos contratos subordinados y dependientes del primero (es decir, el de su compañero y el suyo). Si por contra, su compañero firmó un contrato principal con la propietaria, habría que saber los términos del mismo en lo que a adquisición preferente y duración se refiere. Le aconsejo que acudan a un profesional de la zona con los contratos para que les puedan asesorar con mayor conocimiento del asunto. Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado divorcio Majadahonda Mónica Martín Closas
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Buenos días, en principio por ley tendría derecho a estar en la vivienda tres años desde que empezara a ocuparla, corriendo de su cuenta él probar dicha fecha. Un saludo,

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