Certificacion de acta

Mandé un burofax a la presidenta de la junta de propietarios y no lo ha recogido en el plazo regado de 30 días. Esta certificación de acta la necesito para impugnar un acuerdo de la junta, que en su día no impugné. En reunión posterior al citado acuerdo -que cambio truculentamente los coeficientes- se revisó el tema pero insistieron en seguir con la ilegalidad (cambiar los coeficientes sin unanimidad). Estoy en el nuevo plazo abierto a raíz de la última reunión citada. ¿Puedo ya proceder a la impugnación sin tener en mis manos la certificación denegada por la presidenta; denegada ya que no ha el burofax ?

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Contestado

Yo le re quería a la presidenta, por vía notarial, y , casí con toda probabilidad le darán la certificación del acta, y si no se la dan tendrá la manifestación notarial que le servirá de soporte para impugnar, por cuanto como Usted entiende, la modificación de los coeficientes, según la Ley de Propiedad Horizontal requiere unanimidad.

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