¿En qué circunstancias puede desalojarse un arrendatario sin orden judicial?

En el caso de una persona que tenía contrato de arrendamiento de una habitación que recientemente se ha extinguido, o sigue viviendo en un piso/habitación sin pagar la renta por alguna razón (por ejemplo una deuda pendiente/alguna posesión que el arrendador no quiere devolver), ¿tiene derecho el arrendador a cambiar cerraduras, o sacar las losas, o desalojar por fuerza, o en cualquier caso tiene que pedir orden judicial de desahucio el arrendador?

En la práctica, llamado a la escena la policía, ¿que sería el resultado más probable? ¿Tomará parte del arrendatario, previendo que le entra en la habitación, o dejaría entrar el arrendatario, diciendo al arrendador que solo puede desalojar con orden judicial?

Gracias por sus respuestas.

Respuestas de otros profesionales:
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Advocat Divorci Mataró Mª TERESA ALIBERAS MORROS
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Si tiene un arrendatario y no se quiere ir aunque haya acabado el contrato o aunque no pague las rentas, no lo puede echar de hoy para mañana, ha de presentar demanda de desahucio ante el Juzgado. Si le cambia la cerradura o le corta los suministros o le "invita forzosamente a irse" puede verse denunciado por un delito o falta de coacciones.
Quedamos a su disposición para cualquier duda al respecto.
Saludos cordiales.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado accidentes Cornellá - GG Advocats: Cristina Galván García - Nídia Galán Fernández

Abogado de Cornellà de Llobregat especializado en Derecho Civil General

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Buenos días,

En caso de impago de las rentas o incumplimiento del contrato de arrendamiento para desahuciar a un arrendatario deberá interponer demanda de desahucio.

Si necesita nuestros servicios estamos a su disposición.

Un saludo

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CMR Advocats

CMR Advocats

Abogado de Vilanova i la Geltrú especializado en Derecho de Familia

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Si no existe título, puede se puede solicitar el desalojo judicial y más cuando hay deudas pendientes. En el caso de cambio de cerraduras o sacar las cosas fuera del domicilio podría ser un delito de coacciones.

Un saludo,

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