¿Cómo denunciar piso subalquilado?
Abogado de Divorcios Santiago de Compostela NCS Abogados y Asociados
Abogado de Ames especializado en Derecho Civil
Buenos días, si entiendo bien su consulta, no es Ud. el propietario del piso, por lo que al no tener relación contractual alguna con los ocupantes, por el título que sea, no tiene acción contra los mismos. Se puede perfectamente subarrendar una vivienda y este solo hecho, por supuesto no es denunciable ni reprochable. No obstante, si de la ocupación del piso, por el título que sea, se derivan consecuencias dañosas para la comunidad o cualquiera de los vecinos, tendría acción, bien civil, bien penal, dependiendo de los hechos que lo motiven. Únicamente el propietario del piso puede instar la resolución contractual por supuesto de incumplimiento (si se pactó prohibición de subarrendar o ceder); nadie más está legitimado. No obstante, quedamos a su disposición para cualquier otra consulta. Un saludo.
Abogado incapacidades Vigo - Carlos Sánchez Rodríguez
Abogado de Vigo especializado en Invalidez
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Buenos días,
La Ley de Arrendamientos Urbanos permite en subarriendo de pisos con las condiciones establecidas en su artículo 8. En cualquier caso sería una cuestión civil entre propietario e inquilino. Otra cosa sería si se dieran actuaciones molestas o prohibidas en la comunidad de propietarios.
Un cordial saludo