¿Cómo incapacitar a una persona con una enfermedad avanzada?

Un familiar cercano sufre una enfermedad de larga duración y está en un estado avanzado. Hay bastantes temas económicos familiares que dependen de su firma pero no está capacitada para tomar decisiones. ¿Qué pasos debemos seguir para proceder a su incapacitación permanente?
Gracias

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Buenas tardes:

Se debe interponer una demanda de capacidad ante el Juzgado de la ciudad donde resida su familiar enfermo. Dicha demanda solo puede ser interpuesta por el cónyuge, hermanos, descendientes (hijos, nietos, etc..) o ascendientes (padres, abuelos, etc...), de su familiar enfermo.
Para interponer dicha demanda harían falta los partes médicos y demás pruebas de su enfermedad.
Si lo desea puede ponerse en contacto con nuestro despacho para informarle e interponer la demanda (estamos en Oviedo y en Tineo). Puede contactarnos en el correo electrónico anb.abogados@gmail.com
Un saludo,
Ana Nikolaeva
ANB ABOGADOS
anb.abogados@gmail.com

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Buenas tardes:

necesita usted iniciar un proceso de incapacitación ante los juzgados civiles mediante demanda. Pueden hacerlo el cónyuge o la pareja de hecho dela persona a incapacitar, padres , hijos o hermanos .Si no existe ninguno de esos parientes deben presentar un escrito ante el Ministerio Fiscal para que lo inicie. Deben acompañar con la demanda la partida de nacimiento del presunto incapaz, DNI del presunto incapacidad , fotocopias del libro de familia,fotocopia de certificado de minusvalía, si lo poseen e informes médicos.
Estamos a su disposición para ayudarles.
Ana Isabel Gonzalez Laviada.
www.laviadaabogados.com

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Debe incapacitarse mediante petición al Juzgado de primera instancia correspondiente. Ha de acreditarse que la enfermedad que padece le prova de sus facultades para la toma de decisiones. Normalmente esto se hace con los informes médicos que existan y si fuera necesario con un informe pericial.

Espero haberle ayudado.

Fdo. David Labrador
Abogado.

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consultas@legalvia.es

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