¿Cómo inicio una demanda de alimentos y patria potestad de mi hija?

Buenas tardes. Tengo una bebé de año y cinco meses y quiero demandar al papá de mi hija por alimentos y requerir la patria potestad de mi hija porque la madre del papá de mi hija me amenaza con que me va a quitar a mi pequeña pero he averiguado que esa señora anda mal de la cabeza y tengo miedo que me la quite y le haga un daño a mi bebé. Por favor quisiera saber qué trámites puedo hacer, sobre todo lo más importante, la patria potestad de mi hija.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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En relación con lo que pregunta le precisamos lo siguiente: 1) La patria potestad es difícil que se la quiten, ya que eso sólo sucede en supuestos especialmente graves; 2) Otra cosa es la guarda y custodia, la cual suele ser fuente habitual de conflictos, al igual que la pensión alimenticia; 3) Ahora bien, no dice si está o no casada y tampoco dice nada sobre el padre, ya que sólo menciona a su madre haciendo referencia a su salud mental, por lo que primero que tendría que valorar es si quiere o no dar el paso que plantea; 4) Si realmente lo quiere dar, le aconsejamos que busque un abogado o pida uno de oficio si carece de recursos, el cual le orientará sobre lo que tiene que hacer, por lo que si desea ponerse en contacto con nosotros puede hacerlo por teléfono o email. Trabajamos en toda España y siempre con presupuesto previo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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LABE Abogados

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Estimado cliente: Para privar a un padre de la patria potestad, es necesario que haya un incumplimiento grave por parte de este de sus obligaciones parentales (que no se preocupe por el bebe, que no cumpla con la obligación de alimentos etc.), y a su vez, justificar que es lo más beneficioso para el futuro y bienestar de la niña. De todas formas, podría igualmente solicitar el ejercicio exclusivo de la patria potestad. Tenga en cuenta que ello no implica que el padre ya no deba cumplir con sus obligaciones. Por tanto, sería compatible solicitar la patria potestad, y a su vez, reclamar los alimentos. Por tanto, le invito a que se ponga en contacto con nosotros, puesto que necesitaríamos contar con más datos para poder ver cuál es la mejor vía por la que optar en su caso concreto.

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Abogado Divorcios Albacete Antonio López-Bleda Precioso
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Buenos días. En primer lugar, si el padre no pasa alimentos hay que presentar una demanda específica para obligar al padre a prestarlos llevando también una posible multa para el padre.
Referente al tema de la abuela, lo que corresponde es una denuncia por amenazas.
Por lo que respecta a la patria potestad, es el asunto más delicado pues para privar a un progenitor de la patria potestad tiene que existir una causa muy grave y no por algo que haga la abuela o por no pasar alimentos (no es suficiente).
De cualquier manera entiendo que el problema quedaría solucionado con una demanda por cumplimiento del deber de alimentos y una denuncia por amenazas.
Estoy a su entera disposición.
Un cordial saludo.

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ABOGADOS FAMILIA Y CIVIL ALICANTE

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Abogado de Alicante/Alacant especializado en Derecho Civil

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Buenos días. Si no está casada, puede iniciar un procedimiento de guarda, custodia, alimentos de la menor. En él se fijarán las medidas a cumplir por el padre, entre ellas el establecimiento de una pensión de alimentos.
Si está casada estas medidas se fijarán en la Sentencia de divorcio. Para estos procedimiento necesitará abogado y procurador.
Este despacho puede tramitar el procedimiento. Somos especialistas en Familia y podemos ayudarle. Quedamos a su disposición. Un saludo.

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Abogado Divorcios Nulidades Albacete - Antonio Ruiz López
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Si está casada a través de procedimiento de separación o divorcio o también mediante la solicitud de Medidas Provisionales; los alimentos se los concederá la Juez, pero la patria potestad normalmente es compartida, no la guarda y custodia que se le concederían a usted, normalmente a la madre.

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Abogado Administrativo Albacete - Lopez y Ortega Abogados y Consultores C.B.
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Me da usted poca información, no sé si hay sentencia de separación o divorcio, y sin eso, no puedo responderle. Tampoco la situación de su pareja, ni los ingresos de cada uno. De todas formas, la madre de su pareja o ex-pareja tiene pocas posibilidades de conseguir una custodia.

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