¿Cómo puedo asegurarme la propiedad del piso que comparto con mi ex-marido?
Abogado de Divorcio Rubí Ecumen Advocats
Abogado de Rubí especializado en Derecho de Familia
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Siendo que el inmueble está alquilado, si él pretendiera hacer uso del mismo debería ponerse de acuerdo con usted (en cuyo caso usted pondría como condición el alquiler a precio de mercado de su mitad, pagadero usted, y a su vez seguirían ambos obligados al pago de la hipoteca por mitades), o de no llegar a ese acuerdo, solicitar judicialmente que se le atribuyera el uso (ignoro como lo tienen ustedes previsto en la sentencia de divorcio, supongo que está dicho que el piso se ponía en alquiler).
En cuanto a los derechos de la actual esposa, son los que el marido le reconozca en testamento. Ella no pasa a ser la heredera si no está así previsto (en tal caso sería su hijo seguramente), pero sí tendría derecho de usufructo universal como viuda. Pero ojo, usufructo de la mitad, especialmente si ustedes han hecho disolución del condominio. Y ojo también: Si la vivienda está arrendada a terceros, también estos tienen un derecho a proteger, según las circunstancias. En mi opinión, lo más aconsejable en este momento es que firmen un contrato de alquiler entre ustedes, si es preciso modificando medidas de mutuo acuerdo aclarando que ese uso de la mitad suya se compensa con el pago de un alquiler, y aprovechando por si no lo han hecho para hacer constar la disolución de condominio.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
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En relación con lo que pregunta les precisamos lo siguiente: 1) Tener algo con otro, por mucho que sea el padre de su hijo, puede ser una fuente constante de conflictos y más si dice que "es probable que se plantee ocupar el piso" ese otro y se ha vuelto a casar; 2) Por ello entendemos que la mejor solución es extinguir el condominio, quedándose el piso uno de los dos, o venderlo a un tercero; 3) Si ello no es posible en estos momentos, y se llevan bien, lo recomendable es que fijen en un documento las reglas a seguir en su día para dicha extinción o venta, así cómo las que regulen su posible uso y administración, ya que eso les puede librar de muchos quebraderos de cabeza; 4) Por todo ello si quieren contar con nuestro asesoramiento, pueden llamarnos por teléfono o por email.
ABOGADO VIOLENCIA DE GENERO GRANOLLERS Silvia Catot
Abogado de Granollers especializado en Derecho Penal Común
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Buenos días,
Como bien le indica el resto de mis compañeros, su mitad de piso sigue siendo de usted aunque contraiga matrimonio o no el propietario de la otra mitad. Por tanto no ha de hacer nada para asegurar su propiedad. El problema radica en el uso y la toma de decisiones sobre el piso en sí.
Calculo que hay están las dudas y como bien le indican resolver la situación sería la forma más "sencilla" o práctica de evitar futuros quebraderos de cabeza.
Así que en función del problema que se le plantee considero que sería conveniente que antes de tomar cualquier decisión se pusiera en manos de un profesional de su confianza. Sea para resolver el condominio como para hacer un contrato de alquiler de la mitad ...
Quedamos a su disposición.
Un saludo,
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Buenas tardes
Respondiendo a su pregunta, la actual mujer de su ex marido no tiene derecho alguno sobre la mitad indivisa de usted, y sobre la de su ex marido, la que éste desee. Si su ex marido le transmitiera a su nueva mujer su parte, usted puede tener derecho de comprar pagando lo mismo que habría pagado la nueva mujer.
En cualquier caso, a usted le interesa que si su ex marido la ocupa, firme un contrato de arrendamiento al menos por la mitad de lo que costaría una renta. Con ese contrato de arrendamiento, si su ex marido no paga la renta (la mitad de una renta de mercado) entonces usted siempre podría ejercitar el derecho de desahucio.
Saludos cordiales y naturalmente cualquier otra cuestión puede llamarme.
Naturalmente
Buenas tardes, por partes:
Ud. es la titular del 50% del piso, eso no va a cambiar nadie aunque él se case, se muera, o se vaya a vivir al piso. Su titularidad está perfectamente segura si está inscrita en el registro de la propiedad. No tiene por qué preocuparse.
Respecto a lo de heredera, eso no afectaría en ningún caso a su 50%.
Respecto a lo de irse a vivir ahí con su nueva esposa, si ud. no se opone (que podría hacerlo) ud. tendría derecho a cobrar el 50% del precio de mercado de un alquiler de un piso de similares características, tal y como venía haciendo. Quien pague ese 50% si él o ella, a ud. le da igual.
Saludos
Abogado Extranjería Barcelona Patón Abogados
Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo
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Para el caso que su ex marido se fuera a vivir a la vivienda, le recomiendo que formalicen un contrato de alquiler por su mitad; y si empezaran a vivir en el inmueble en caso de fallecimiento de él, ella sólo podría heredar ese 50%, y en todo caso ser usufructuaria de la mitad que le corresponde a su ex marido. Su mitad siempre será suya, a no ser que se la quiera vender a ella si pasan a ocupar la vivienda. Un saludo.