¿Cómo se calcula la notificación de una sentencia absolutoria?

Hola buenas tardes hace poco he publicado mi caso era por agresión sexual y amenazas . tenía el juicio oral 05/07/2.17 Pero el día 06/07 se diticto la sentencia!! y el procurador notificó a mi abogado según los papeles ponen fecha 12/07 y 13/07. Bueno a me me llamaron hoy para recoger la sentencia es absolución. En el final del papel pone: "Notifíquese esta sentencia a la partes haciéndole saber que contra la misma cabe interponer recurso de casación por infracción de ley y por quebrantamiento de forma, dentro del plazo de cinco días." La pregunta: ¿Desde que día se calcula la notificación de la sentencia?Una cosa muy importante la acusación particular dijo que no va a recurrir la sentencia absolutoria. ¿Entonces el fiscal se puede recurrir pero partir de que tiempo.? Espero que alguien me conteste gracias

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SANTOS & SARDÀ ABOGADOS

SANTOS & SARDÀ ABOGADOS

Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Buenos días,

Se calcula a partir del día siguiente de la notificación al Ministerio Fiscal, en el juzgado tendrían que saber cuando le ha sido notificado y partir de ahí 5 días hábiles y el día de gracia hasta las 15 horas de la tarde. Es decir, supongamos que le han notificado el día 13 de julio pues tendría tiempo hasta el día 21 de julio a las 15 horas de la tarde.

Igualmente, consulta con tu abogado.

Para cualquier otra cosa comunícate con nosotros.

Daniel Santos
Abogado

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Penalista Santa Coloma de Gramenet Aranda Checa Advocat
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Buenos días,

Las partes pueden interponer el recurso en el plazo de cinco días, contados des del día siguiente en que se notifica. Es decir, cuando el ministerio fiscal o la acusación particular reciban la sentencia tendrán cinco días para recurrir a partir del día siguiente y sin contar sábados y domingos. A lo que también hay que añadir un día más, lo que se llama el día de gracia.

Atentamente,

David Aranda

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ABOGADO DIVORCIOS SANTA COLOMA DE GRAMENET Marsol Jurídics
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Si el Fiscal decide recurrir su plazo de 5 días empezará a contar desde el día siguiente al que fue notificado (que notificaron al M.Fiscal). Estamos a tu disposición para lo que necesites, un saludo.

Atentamente; Abg. Carlos Marsol

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