El concepto de "custodia legal" de un hijo, aplicable a los padres separados o divorciados, ¿desaparece cuando el hijo llega a la mayoría de edad legal?
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
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En relación con lo que pregunta le precisamos lo siguiente: 1) Los hijos mayores de edad no forman parte de la unidad familiar como regla; pero si se dan determinados requisitos, sí pueden ser incluidos si son menores de 25 años o mayores de esta edad, pero con minusvalía igual o superior al 33 %; 2) Por lo tanto, la normativa aplicable es la fiscal y la razón de su aplicación es que concurran los requisitos que determina esa normativa como, entre otros, la convivencia en el mismo domicilio y no tener ingresos por encima de una determinada cantidad.
Buenos días. En primer lugar, decirle que la mayoría de edad legal no extingue la custodia ni el derecho a recibir una pensión de alimentos. Esto sólo sucede cuando el hijo es independiente económicamente. A diferencia del tratamiento fiscal de la unidad familiar, en la del hijo mejor deja de formar parte de la misma al cumplir la mayoría de edad legal. Para cualquier duda pude encontrar nuestro datos de contacto en la página web. Saludos.
Buenos días,
A efectos civiles, los hijos dejan de estar (salvo supuestos especiales, como incapacitación), bajo la patria potestad y por tanto bajo la custodia, también en caso de separación. A efectos fiscales vale lo mismo, unidad familiar es constituída por el progenitor e hijos menores, no mayores de edad.
Advocat Banyoles - Q & B Advocats
Abogado de Banyoles especializado en Derecho Penal Común
Básicamente a efectos fiscales entienden por unidad familiar, el conjunto de personas emparentadas que conviven en el mismo domicilio.
Es correcto, la dependencia económica es el concepto básico.