Consulta sobre robo en vivienda
ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Bancario
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Mejor respuesta según autor
Si usted es un inquilino, la nueva cerradura ha de correr por cuenta del propietario, y este a su vez es quien tendrá que entenderse con el seguro, pero el gasto en absoluto le corresponde a usted.
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NO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la LAU, de 24 de noviembre de 1.994, la propietaria debe hacerse cargo de reparar los daños que fueron causados en la vivienda de su propiedad y, en todo caso, si ya hiciste el pago del cambio de la cerradura, por ser una reparación urgente, el propietario deberá abonarte el gasto realizado.
Buenos días. Atendiendo al art. 21.4 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, será a cuenta del arrendatario ya que es un hecho ajeno del propietario como del inquilino del inmueble, y es vd el que disfruta de la vivienda. El arrendatario, ha de conservar al vivienda en el mismo estado en el que la recibió. Un saludo