Contrato en fraude de ley: denegación prestación
Respuestas de otros profesionales:
Basic
ADVOCAT DIVORCI GIRONA POL NADAL
Abogado de Girona especializado en Derecho de Familia
-
1 voto útil
Contestado
Hola buenos días,
En la resolución denegatoria, como en todas las resoluciones de organismos públicos, en el último párrafo habla de las posibilidades que existen como presentar alegaciones, recursos, etc. Las primeras alegaciones o recurso están dentro de la vía administrativa por lo que no necesitas abogado. En el supuesto de desestimar estas alegaciones, la resolución expresará la posibilidad de ir a la vía judicial, con la necesidad, ahora sí, de acudir con un abogado.
Un saludo,
Pol Nadal - Abogado
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor