Contrato trabajo: extinción
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Contestado
Por lo que parece es usted un trabajador autónomo económicamente dependiente, y eso es un caso laboral complejo que deberá consultar en un despacho especializado.
El contrato del trabajador autónomo económicamente dependiente tiene la duración que las partes acuerden. La Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, prevé el derecho a una indemnización cuando el cliente resuelve sin causa justificada.
Respecto de la cuantía de la indemnización, no existe una cuantía determinada como en el caso de los trabajadores por cuenta ajena y dependerá de muchos factores que han de ser analizados por un letrado.
Un Cordial Saludo.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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