Contrato verbal de alquiler.
León Bendayán
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Inmobiliario
Con los datos que da le respondo o siguiente:
0.- Los inquilinos no están obligados en ningún caso a comprar el piso.
1.- El contrato es claramente de renta antigua.
2.- Por lo tanto, si las personas que viven actualmente son las mismas que hace 40 años la única forma de recuperar el piso es alegar que lo necesitan bien Uds. bien alguno de sus descendientes, y no puede ser por "capricho", sino por necesidad.
No quiero desanimarles, pero por los datos que dan lo tienen muy difícil.
Les pueden requerir de forma fehaciente mediante burofax de su intención de formalizar el contrato por escrito incluso enviándoles una copia del mismo para que se lo devuelvan firmado, dándoles un plazo de tiempo y avisándoles que de lo contrario se extinguirá el contrato.
ABOGADO SEPARACION VALENCIA VERONICA GARCÍA TORRES
Abogado de Valencia especializado en Derecho Civil General
Buenas tardes,
Para poder darle una respuesta necesitamos conocer más detalles. Si están las mismas personas, si ha pasado de padres a hijos...
Solo asi podremos saber si es posible interponer una demanda de desahucio.
AC ABOGADOS
Abogado de Palencia especializado en Derecho Penal Común
Nos gustaria tener absolutamente todos los datos, tenemos despacho en Valencia, les ofrecemos una cita completamente gratuita, con estudio juridico de las posibilidades que tienen. info@abogadosac.es
Efectivamente no tienen obligación de firmar el contrato, pues ya es verbal y plenamente válido.
Pero su objetivo, cual es? Tener contrato o resolverlo?
saludos,
Ferran González.-ltdo.
ferranabogados.com