Convenio regulador manutención
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Si en el convenio no se dice expresamente que el padre tiene que pagar esos gastos y nunca el padre ha pagado nada al respecto, no los tiene que pagar y, por lo tanto, tendrá que convencer al padre para que pague la mitad o seguir asumiendo usted sola esa actividad, sin perjuicio de que también pueda dar de baja al menos si no se lo puede permitir. Por otro lado, si el importe total que se paga por el fútbol es de 120 € cada año, no le compensa discutir judicialmente sobre este asunto en el supuesto, de que considere que jugar a fútbol es algo imprescindible e imprevisible, lo cual tiene un nulo recorrido jurídico, o bien entienda que es conveniente y necesario para el desarrollo integral del menor, algo que siempre podrá razonar con el padre o discutir en un Tribunal si así lo considera, aunque pueda no merecerle la pena en términos económicos.
ABOGADO DIVORCIO OVIEDO GONZALEZ LAVIADA ABOGADOS
Abogado de Oviedo especializado en Derecho de Familia
No, no entra en la manutención , Es un gasto extraordinario. Tiene obligación de abonar la mitad. Debe usted acreditar que leva dos años jugando al futbol y que el padre no se ha opuesto , así que debe usted presentar una ejecución de sentencia y reclamar lo adeudado desde que comenzó la actividad. Debe usted de acudir a su abogado. El que le llevo el proceso de divorcio o de guarda , custodia y alimentos de menores.
Juan Trujillo González
Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Derecho de Familia
Se trata de un gasto extraordinario. Para poder reclamarle el dinero, él tendría que estar de acuerdo, en caso contrario tendrían que ir al Juzgado que estableció la pensión para que decida si es un gasto necesario o no y en función de su decisión, se podría obligar al padre a abonar su parte. Saludos. Juan Trujillo Gonzalez. Abogado. Las Palmas de Gran Canaria.