Créditos con seguro de vida
Buenas tardes,
Han renunciado a la herencia? En caso contrario, lo que el banco esta requiriéndoles no es la renuncia, sino el declaratorio de herederos, además de ello habrá que liquidar el impuesto de sucesiones en hacienda y otra serie de trámites que habrá que hacer con carácter previo para luego dirigirse a la entidad bancaria.
No dude en contactar con nosotros y le ampliaremos la presente información.
Saludos
Buenos días,
Entiendo que lo que le piden es la adjudicación de herencia o renuncia de la misma, si es su caso.
En cualquier caso, no se preocupe, los seguros de vida vinculados a los créditos son precisamente para cubrir esta contingencia , por lo que en caso de fallecimiento del titular, la deuda queda cubierta por el seguro.
Cualquier aclaración no dude en ponerse en contacto con nosotros.
Saludos cordiales.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Efectivamente, seguramente se refiere a la declaración de herederos o a la liquidación y adjudicación de herencia, siendo preciso liquidar el impouesto de sucesiones, como acertadamente señalan mis compañeros. Saludos cordiales.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Comparto la tesis de mis compañeros de AFC Abogados.