¿Cuándo se cancelan los antecedentes penales?

Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
Según el artículo 136 del Código Penal dice que para la cancelación de los antecedentes penales hay que contar el plazo que establece para cada tipo de penas (6 meses para las penas leves, 2 años para las que no excedan de 12 meses, 3 años para las menos graves y 5 para las graves), desde el día siguiente a aquel en que quede extinguida la pena, y si se hubiese suspendido el plazo se iniciará retrotrayéndolo al día siguiente a aquel en que hubiese quedado cumplida la pena igualmente.

Buenos días,
Los antecedentes penales se van cancelando en función de la pena solicitada atendiendo al delito o falta cometidos, cuanto mayor sea la pena que se prevé para la infracción, mayor es el plazo que debe transcurrir para que se cancele el antecedente.
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Saludos cordiales.
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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Tal y como acertadamente le ha respondido mi compañero, es muy posible que dicbhos antecedentes sean susceptibles de cancelación habida cuenta de las fechas que menciona. Puede solicitar su cancelación mediante un escrito dirigido al Registro Central, a fin de que se eliminen los mismos. Espero haber sido útil, un cordial saludo.