Custodia compartida, hija en común, ni casados ni pareja de hecho

Hola tengo una hija que acaba de cumplir 1 año. Yo con mi pareja ni me he casado ni somos pareja de hecho. Ella tiene otra hija de 8 años fruto de otra relación anterior. Hemos propuesto compartir la niña, al ser aún pequeña, lo haríamos no semanalmente sinó alternando más pues necesita de ambos. La pregunta es la siguiente: Ella es enfermera y trabaja a turnos rodados, mañana, tardes y noches. Yo soy profesor y tengo siempre turno de mañana de 8 a 15h. Mi pregunta es si puedo pedir la custodia al tener mejor horario yo, ya que ella va a tener que encargar una canguro para sus turnos de tardes y noches que va a tener. Gracias.

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Abogado accidentes Loja - Pablogado Servicios Jurídicos
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Cualquiera de los dos progenitores podéis pedir la guardia y custodia de la menor, pero cosa diferente es que al final se consiga. A priori le diré que, pese a que reiterada doctrina y jurisprudencia, incluso del supremo, viene señalando que la atribución de una guardia y custodia compartida es y debe ser la solución "normal" en las separaciones y rupturas de pareja, la gran mayoría de las sentencias al respecto vienen atribuyendo la guardia y custodia a uno de los progenitores. ( Bien porque no se lleven bien entre ellos, bien porque existe un progenitor que se ha ido de la vivienda al producirse la ruptura y el otro se ha quedado en la vivienda y con la menor). En este último caso, en el que un progenitor ha tenido a la menor en su guardia y custodia "real" desde el inicio de la ruptura, es muy dificil que le quiten la guardia y custodia en sentencia. Por ello, tendrá que valorar el hecho de que si usted se ha ido del domicilio y a día de hoy la menor la tiene su ex pareja, es dificil que le otorguen a usted la guardia y custodia exclusiva.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que la menor tiene 1 año, por lo que se entiende que los dos progenitores van a tener los mismos problemas de conciliación con la niña en el caso de que os atribuyan a uno de ustedes en exclusiva la guardia y custodia. Por lo tanto, si usted está valorando solicitar la guardia y custodia en exclusividad, le aconsejo que se ponga en contacto con un abogado especializado. Veo que escribe desde las islas baleares. Si escribe desde Ibiza, nosotros conocemos a una abogada especialista en estos casos. Para más información, póngase en contacto con nosotros. Pablogado Servicios Jurídicos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Maria Antonia Martorell Heras

Maria Antonia Martorell Heras

Abogado de Inca especializado en Derecho de Familia

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Buenos días! Indicarte que sólo por la dificultad de conciliación horaria no es motivo suficiente para quitar la custodia a la madre, y mucho menos si puede contar con ayuda ya sea familiar o canguro. Como bien dices la niña necesita de los dos, por ello lo mejor sería acordar una compartida y tratar de analizar si los turnos de la madre son siempre iguales para establecer unos intercambios que sean lo más cómodo posible para la niña. Además también deberá tenerse en cuenta el régimen de custodia de a otra hija, que si se trata de una compartida, los periodos de la pequeña se irán adaptando a los de la mayor a fin de que las hermanas crezcan y se desarrollen juntas.
Para cualquier duda o aclaración estamos a tu disposición, un saludo!!

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Miquel Crespí Advocat

Miquel Crespí Advocat

Abogado de Inca especializado en Reclamaciones de Impagados

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En principio la diferencia en el horario de trabajo no es suficiente para determinar la adjudicación de la guarda y custodia exclusiva, ya que siempre se necesita ayuda externa, ya sea de un canguro o de un familiar. Hay que tener en cuenta que parejas que están juntas necesitan canguro, por lo que se permite también en casos de separación.
Lo que vengo a decir es que por si solo no es un motivo, aunque si hubiera más motivos que recomendaran que la guarda y custodia fuera para ti, ello puntuaría a tu favor.

Miquel Crespí Font
Abogado

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Buenos días,

Si la única justificación que tienes para pedir la custodia de la niña es el tema del horario, yo considero que no es suficiente para argumentar el tema de la custodia exclusiva para ti.

Quedo a su disposicion para más informacion.

Un salduo,

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PEDRALBES ABOGADOS

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Abogado de Barcelona especializado en Fusiones y Adquisiciones

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Buenos días, si, puede pedirla. Otra cosa es que se la den.
Quedamos a su disposición.

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