Debido a muchas historias tengo mudos impagos

Que me puede pasar¿ ahora no puedo pagar nada mi nómina es de 600 eu

Respuestas de otros profesionales:
Basic
TARINAS GRUP

TARINAS GRUP

Abogado de Calella especializado en Derecho del Trabajo

Contestado

Si no tiene bienes de su propierdad no pasará nada. Pero si en el futuro adquiere bienes o percibe un salario superiora al salario mínimo interprofesional, pueden embargarle esos bienes o una parte de lo que exceda del salario mínimo interprofesional. Es conveniente llegar a un pacto con los acreedores para evitar que se p`roduzcan intereses sobre las deudas, aunque sea pagando muy poco. Existe la posibilidad de acogerse la la Ley de segunda oportunidad y con la intermediación de judicial llegar a un acuerdo con los acreedores para que Vd. quede liberado de responsabilidades totalmente, mediante un acuierdo de pago de mínimos y de posible reducción de deudas.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
Premium
Abogado Extranjería Barcelona Patón Abogados
Contestado

Si tiene muchas deudas y quiere evitar algún tipo de demanda, la mejor opción es llegar a un acuerdo con sus acreedores para pagar estas cantidades de forma fraccionada, pactando una cuota mensual que se ajuste a sus posibilidades. En el caso que no llegaran a ningún acuerdo y decidieran demandarle, podrían llegarle a embargar la nómina si esta superara el salario mínimo interprofesional, que este año está en 648,60€, o incluso embargarle bienes que tenga y que pudieran cubrir la deuda o parte de la deuda. Un saludo de Patón Abogados

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Plus
ABOGADO DESPIDOS BARCELONA IB ABOGADOS
Contestado

Buenos días,

El salario inferior al Salario mínimo interprofesional (648,60€ para 2015) es inembargable. Por lo que no le pueden embargar su nómina de 600 euros.

De todas formas es positivo llegar a algún tipo de acuerdo de pago (aunque sean 50 euros al mes) para evitar que los intereses y las costas de los procedimientos judicial se disparen en el futuro.

Tenga en cuenta que el embargo es sobre las rentas presentes y futuras.

Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado Viveiro Minia N. Insua

Abogado Viveiro Minia N. Insua

Abogado de Viveiro

VER PERFIL
Contestado

Buenos días;
Puede acogerse a la ley de la segunda oportunidad cualquier empresario en situación de insolvencia que, a través de un mediador concursal, tendrá la opción de pactar moratorias de hasta tres años y quitas de hasta el 25 %. No obstante, es necesario que su pasivo, es decir, sus deudas, no supere los cinco millones de euros.
Para más información no dude en contactarnos.
Espero haberle sido de ayuda.
Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
QUESNAY KERNEL ABOGADOS

QUESNAY KERNEL ABOGADOS

Abogado de Barcelona especializado en Derecho Laboral

VER PERFIL
Contestado

Procure que le ejecute un proveedor con el que haya pactado. Los demás tendrán que ponerse a la cola hasta dentro de 50 años.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado