¿Debo aceptar una reducción de jornada laboral?
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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
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Contestado
La jornada de trabajo puede reducirse cuando, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción entre un mínimo del 10% y un máximo del 70%. Asimismo, la reducción ha de ser temporal, no definitiva, sin fijarse topes mínimos o máximos de duración en la legislación. Está prohibido la realización de horas extraordinarias mientras se mantenga esa situación. Y, por último, el trabajador afectado podrá reclamar en el plazo de caducidad de veinte días ante la Jurisdicción Social al amparo del procedimiento del artículo 138 de la ley 36/2011, de 10 de octubre, para que se declare si la reducción de jornada está justificada o es injustificada, o si es nula.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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