Que derecho tengo el día de la comunión de mi nieto,si le corresponde ala parte contraria ese fin de semana

Tengo derecho como abuela a disfrutar algún rato el día de la comunion de un nieto,aunque le corresponda el findesemana semana a la parte contraria,padres separados

Respuestas de otros profesionales:
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Mar Domínguez Velo Abogada de Familia

Mar Domínguez Velo Abogada de Familia

Abogado de Coruña especializado en Derecho de Familia

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Si no se ha regulado cómo proceder en caso de festividades religiosas en el convenio/sentencia, ambas partes deberán ponerse de acuerdo para dividir el día o solicitar autorización judicial para proceder al reparto en caso de desacuerdo y/o asistencia a la celebración religiosa. Sus tiempos con su nieto tendrán que llevarse a cabo dentro del régimen de visitas que su hijo tenga establecido sin embargo, en este supuesto excepcional, ambos progenitores deben apelar al sentido común para que ambos puedan estar presentes al menos, en lo que es la celebración religiosa.

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Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
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Buenas tardes.
Lamentándolo no puedo darle buenas noticias, ya que el régimen de visitas es de obligado cumplimiento, por lo que si no le corresponde ese fin de semana no podrá acudir, salvo que llegue a un acuerdo con el otro progenitor.
Intente llegar q un acuerdo, aunque solo sea para asistir a la iglesia, ya que el régimen de visitas para los abuelos tiene que concederse judicialmente, previa solicitud.
Si desea cualquier aclaración, pongase en contacto con el despacho.
Un coridal saludo

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ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS MADRID PADRINO ABOGADOS
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Buenas tardes, en principio habria que respetar el régimen establecido, si bien es cierto normalmente respecto de fechas tan señaladas se suele establecer pactos distintos, asi que habria que ver que dice el convenio regulador sobre ello.

Si lo desea pongase en contacto con nosotros y le daremos un asesoramiento más personalizado. Un saludo
Noelia Padrino

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Abogada Sandra Ochoa

Abogada Sandra Ochoa

Mediador de Palmas de Gran Canaria especializado en Derecho Laboral

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El derecho de visitas de los abuelos se concede judicialmente, igual que el de los progenitores. Debe solicitarse mediante demanda. Sólo si buenamente la otra parte quiere, le dejarán ver ese día a su nieto.
Intenten una "tregua" para ese día tan importante

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ABOGADO ESPECIALISTA EN SEPARACIONES Y DIVORCIOS MADRID- ALMAZÁN GARCÍA ASESORES
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Salvo que haya algo regulado al respecto para ese día, el régimen de visitas debe cumplirse salvo que haya acuerdo entre las partes.

Un saludo

Luis Miguel Almazán
Abogado de familia

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