No tengo régimen de visitas ¿qué puedo hacer?
Lo mejor sería que un profesional viera la Sentencia de Divorcio y las medidas que en ella se acordaron ya que resulta sorprendente que, existiendo un hijo menor de edad, no se recoja tal medida. Una vez que se estudie esa sentencia, y en caso de que fuera así (inexistencia de régimen de visitas) se debería presentar una demanda de modificación de medidas. También sería posible otro tipo de acciones legales en el caso de que sí que existiera tal régimen de visitas. Si lo desea, podemos concertar una reunión para tratar este asunto. Quedamos a su disposición. Un saludo.
Buenas tardes, una vez estudiada la sentencia, recomendaríamos iniciar algún tipo de acción legal, como modificación de las medidas de la sentencia de divorcio. Ahora bien, tenga en cuenta que con la edad de su hijo, lo que verdaderamente importa es si su hijo quiere verle y que así se lo manifieste al juez, a través de la exploración del menor, o entrevista del menor con el juez, y si es así, estamos convencidos que el juzgado acordará un régimen de visitas o establecerá la forma más conveniente de que pueda relacionarse con su hijo.
Un saludo,
Efectivamente parece extraño que la sentencia de divorcio no establezca régimen de visitas. ¿Quizás confirma unas medidas provisionales anteriores? Si es así la solución pasa por pedir su ejecución al juzgado a través de abogado. En otro caso, como ha comentado el compañero de Valencia, deberías iniciar una modificación de medidas también a través de un abogado. Si lo deseas ponte en contacto con nuestro despacho (estamos en Cartagena) para que podamos ampliar la respuesta e incluso estudiar la posibilidad de mediación familiar. Un saludo.
Álvaro Ortiz Cascales- Abogado de Divorcios, Arrendamientos y Tráficos.
Abogado de Murcia especializado en Derecho de Familia
Es raro que no se fijase un regimen de visitas para usted, deberiamos revisar la sentencia a ver que establece. En cualquier caso usted tiene derecho a que un juez establezca uno, bien de mutuo acuerdo o mediante la correspondiente demanda contenciosa. En nuestro despacho estamos especializados en temas de familia y estaremos encantados de atenderle con una primera visita gratuita y sin compromiso.
Estamos en Murcia, Avenida del Rocio, nº 16, 1ºC
Alvaro Ortiz Cascales
Col. 6273 ICAMUR
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
La solución pasa por contratar a un abogado para que estuie el caso a fondo y le asesore sobre las vías posibles de solución del mismo. Las visitas no son solo un derecho de los padres, sino también un deber que junto a otros, se pueden reclamar judicialmente, bien de mutuo acuerdo, bien de forma contenciosa. Saludos cordiales.
Abogado sanciones urbanísticas Sant Vicente de Raspeig Ana Jose Ganga
Abogado de San Vicente del Raspeig/Sant Vicent del Raspeig
Podrían establecerse unas visitas mediante un procedimiento de modificación de medidas. Pero su tema es delicado, para valorar el fondo del asunto, sería necesario conocer el contenido de la sentencia así como las circunstancias personales del caso. Si desea más información o aclaración del asunto estamos a su disposición.
ABOGADO ACCIDENTES TRÁFICO VALENCIA SERRA TARAZONA ABOGADOS
Abogado de Valencia especializado en Derecho de Familia
Necesitaríamos ver la Sentencia ya que no es normal que en la misma no se contengan ninguna regulación del régimen de visitas.
De ser así, habría que presentar una demanda de modificación de medidas junto a una de medidas urgentes para que se fijara un régimen de visitas.