Despido por cierre de la empresa

Hola,

Dispongo de una sala de estética con 5 empleados. El negocio va cada vez peor y llevo 2 años bajando en facturación. Actualmente el negocio pierde dinero y no puedo seguir manteniéndolo. He encontrado una persona que tiene otros salones de estética y está dispuesta a hacerse cargo de éste pero sólo se quedaría con dos personas y me pide que le deje el negocio libre de cargas de los empleados (el régimen jurídico del negocio es una SL). En el fondo estoy haciendo un traspaso a coste cero pero no puedo hacerme cargo de las indemnizaciones por despido (ni de los 20 días que establecería la ley ). ¿Me podrían decir qué puedo hacer? ¿Qué pasa si hago el traspaso y liquido la sociedad sin pagar los despidos? ¿Qué probabilidades hay de que los trabajadores me reclamen y ganen? He leído que en ese caso tendría que pagarles 45 días por año trabajado. No tengo opciones porque si no lo hago, al final voy a tener que cerrarlo y no podré pagar igualmente las indemnizaciones, así al menos salvo tres puestos de trabajo. Gracias.

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Buenos días, la indemnización de sus trabajadores dependerán del año en que empezaron a trabajar en su empresa, hay que calcular los 45 días por año trabajado de los años anteriores a la reforma laboral; y los años posterior a la reforma laboral hay que calcular 20 días por año trabajado. En caso de que no pague a sus trabajadores le reclamarán dicha cantidad y tendrá que abonárselas puesto que es una indemnización que le corresponde por despido. Siempre puede dialogar con ellos e intentar llegar a un acuerdo indicando que les pagará poco a poco la indemnización siempre y cuando ellos acepten. Nuestro despacho se ofrece a ser un intermediados entre la empresa y los trabajadores e intentar llegar a un acuerdo y redactarlo para que todos estén de acuerdo. Para cualquier consulta puede ponerse en contacto con nosotros. Reciba un saludo cordial.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Laboral LaboralClic
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La situación que tiene habría que analizarla en detalle y ver cual es el coste exacto de las indemnizaciones ya que variará mucho en función de las fechas de contrato (20 días por año de servicio como despido objetivo o en el peor de los casos 33 o 45 días por año de servicio según la situación de la empresa para justificar o no dicho despido objetivo).

Por otra parte entramos en la posibilidad de que llegue a un acuerdo con sus trabajadores por lo que es necesario estudiar bien el caso para llegar a la mejor de las soluciones.

Nos ponemos a su disposición para lo que precise.
Un saludo

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Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
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Buenas tardes.
Creo que debería reunirse con sus trabajadores y exponerles la situación, aunque la conocerán de sobra, y hacerles constar las posibilidades que tiene según las ofertas que les están haciendo, ya que en caso contrario tendrá que prsentar concurso de acreedores y que la indemnización la pague el fondo de garantía salarial.
Si desea cualquier aclaración o contar con nuestra colaboración para gestionar acuerdos, no dude en ponerse en contacto co. El despacho.
Un cordial saludo.

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Abogado Familia Alcobendas AJM ABOGADOS
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Entiendo lo duro de la situación, pero es ineludible que al menos liquide los 20 días por año, y si no se puede encontrar con que le demanden porque si no no pueden ir al Fogasa. Si van a juicio ganaran los 45 días. La opción hubiera sido interponer concurso de acreedores. Los trabajadores irán al Fogasa y lo normal es que la cosa quede así si no tiene mas deuda.

Si necesita mas aclaración no dude en ponerse en contacto conmigo.

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