Despido por cierre de empresa: cálculo de la indemnización
Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
La indemnización se ha de calcular en base a lo que se denomina "salario regulador" del despido, y que está formado por el salario base y todos aquellos complementos que integran el concepto de salario según el art. 26 del ET. Este precepto legal en su punto 1.º , dice que tienen la consideración de salario " la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, prestación profesional de los servicios
laborales por cuenta ajena, ya retribuyan el trabajo efectivo, cualquiera que sea la forma de remuneración, o los periodos de descanso computables como de trabajo ".
¿Qué es lo que no tiene la consideración de salario? Según el párrafo 2.º de dicho artículo " las cantidades percibidas por el trabajador en concepto de indemnizaciones o suplidos por los gastos realizados como consecuencia de su actividad laboral, las prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social y las indemnizaciones correspondientes a traslados, suspenso o despidos ".
ADVOCAT DIVORCI GIRONA POL NADAL
Abogado de Girona especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes,
Del salario total incluido el bruto.
Un saludo
Se refieren al salario bruto (sin deducciones de ningun tipo).