Despido contrato en prácticas

Hola,
En Febrero de 2015 firmé un contrato en prácticas Universidad-empresa hasta el 22 de Julio de 2015. Este mismo viernes la empresa decide despedirme sin motivos de peso. Ahora mismo no sé que tengo que hacer ya que el convenio sigue en vigor.

Por otra parte, estuve trabajando de 2011 a 2015 en una empresa con un contrato obra y servicio.

Qué me aconsejas? Puedo cobrar prestación por desempleo por los 4 años trabajados?

Gracias y saludos.

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO LABORAL TERRASSA LeX-it Advocats
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Creo que hay una confusión de contratos. El convenio de prácticas Universidad-Empresa es una modalidad de relación excluida de laboralidad, es decir que en realidad no se trata del contrato en prácticas regulado por ley sino de un convenio entre universidad y empresa enmarcado en unos estudios universitarios por el que se acuerda acoger a un alumno en prácticas. En cambio, el contrato en prácticas es aquel en el que no interviene la Universidad, sino el propio trabajador y la empresa, el trabajador ha de tener ya el título (y no han de haber pasado más de cinco años desde su obtención, excepto para menores de 30 años).

Por tanto, si su "despido" es en el marco de un convenio en prácticas, lo que debería hacer es poner el hecho en conocimiento de la universidad para que pueda ofrecerle alguna otra opción (otras prácticas, o bien medie en el asunto con la empresa...). En relación a su pregunta de si puede cobrar la prestación por desempleo por el tiempo acumulado de cotización que tiene en su vida laboral, la respuesta sería que no por el hecho de que Ud. no estaba en una relación laboral sino en una colaboración como estudiante cuya finalización, aunque sea no voluntaria, no origina derecho a prestación.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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TARINAS GRUP

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Abogado de Calella especializado en Derecho del Trabajo

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Suponemos que la relación con la empresa a través de la Universidad no es un contrato laboral. Repasando el contenido del contrato podrá Vd. comprobar que así es. Por dicho motivo no puede Vd. acceder al paro. Para acceder al subsidio de paroVd. necesita una relación laboral previa y que ésta finalice por causa distinta a la baja voluntaria del trabajador.

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Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos Giralt
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Para no llegar a una confusión con los contratos y lo que Ud.nos explica, seria conveniente poder analizar los citados contratos y el despido para darle un asesoramiento preciso.

Estamos a su disposición y le recordamos que la primera visita es gratuita.

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ABOGADO DESPIDOS BARCELONA IB ABOGADOS
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Buenas tardes, lo primero es saber si en este último contrato estabas en período de prueba.

Para saber si puedes cobrar el paro debes revisar tu vida laboral para saber el tiempo que has cotizado.

Un saludo

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Buenos días.

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JOSEP MURCIA i ARENAS
Advocat

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