Despido estando en baja de enfermedad. ¿ es legal el contrato que tengo firmada es asta fin de obra . la carta de despido dice, final del pedido por el que se firmo el contrato.

Abogado Derecho Bancario Zamora Roberto Gómez Calles
Abogado de Zamora especializado en Derecho Bancario
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Mejor respuesta según autor
Buenas tardes.
En principio y tras la última reforma legal es posible despedir a un trabajador estando de baja. Sí bien, cada caso derivará, según la amplía casuística, en un despido procedente, improcedente o nulo, dependiendo de todas las circunstancias y causas que lo rodeen.
Bajo determinadas circunstancias se podria determinar nulo cuando sea de caracter discriminatorio y se pueda probar, pero es bastante complicado.
Si está despedido el contrato queda rescindido y no le pagarían el sueldo.
Si tiene alguna duda mas no dude en acercarse por nuestro despacho y muy gustosamente le atenderemos.
Un saludo.

Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos Giralt
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil General
Tras la ultima reforma en derecho laboral, es posible despedir a un trabajador estando de baja, pero aún así el despido por fin de pedido, puede ser que no sea la realidad(¿ puede Demonstrar que no es así?). Creo que es importante una entrevista con Ud. Dispone de 20 días desde el despido.
P.D: Si Ud. sigue de baja, tiene que pagarle la seguridad social.
Nuestra primera visita es gratuita.

Abogado especialista en Rentas Sociales en Barakaldo SANTIAGO GONZALEZ ARIAS
Abogado de Barakaldo especializado en Derecho del Trabajo
No estoy conforme con estas opiniones:
Es cierto que la reforma permite el despido, pero, en su carta, se alega fín de pedido que puede no haber concurrido, lo que determinaría improcedencia y también puede existir una vulneración de la claúsula de indemnidad, que es el derecho a no ser sancionado por ejercer un derecho fundamental.
Por supuesto que podemos hablar, el plazo son 20 días desde el despido

Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
En efecto, tal y como señala el compañero, la baja laboral, contra lo que aún sigue pensando mucha gente, ya no es obstáculo para el despido, con la excepción de que éste se produzca por causa discriminatoria, que es a lo que ha quedado reducida la nulidad en temas de despido.