Deuda de un familiar.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Respecto a la reclamación de la deuda, le informo que si usted repudia la herencia que le pueda corresponder no tiene que pagar nada, pero es que, además, la fallecida tiene unos padres, que entiendo tiene preferencia en la herencia. En definitiva, respecto de deudas de herencias yacentes, hay dos formas de no asumir las deudas: aceptar la herencia que a una persona le pueda corresponder a beneficio de inventario o repudiar la herencia ante notario.
ABOGADO PARTICIPACIONES PREFERENTES BARCELONA AG ABOGADOS
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Financiero
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1 profesionales de acuerdo
deberíamos conocer, si hubo aceptación de herencia.
Con ello le diremos los pasos a seguir.
Un saludo
BRUC CONSULTING JURIDIC
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil General
Legalmente la hermana tiene que aceptar la herencia de su difunta hermana para ser deudora.
Si no hay bienes en la herencia y la única deudora es su difunta hermana, la deuda no la podrán reclamar.
Pida a los acreedores más datos para conocer qué tipo de deuda es y así mejor responder que Usted no es la sucesora en la deuda.
Saludos cordiales,
León Bendayán
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Inmobiliario
Efectivamente coincido con el anterior compañero. Lo primerito es saber si se ha aceptado la herencia, para a partir de ahi tomar las decisiones oportunas.