Embargo de vivienda por deuda financiera
En estos casos (si no quiere el banco llegar a un acuerdo) lo mejor es solicitar un préstamo (sea o no con garantía hipotecaria) para pagar, cuando menos el principal de la deuda; el resto, esto es intereses, si éstos son abusivos pueden impugnarse ante un Juzgado. En estos casos para evitar ejecuciones sobre la vivienda es conveniente consignar en el Juzgado el importe de lo adeudado y reclamar para que se anulen (por lo menos en parte) los intereses reclamados, los cuales en la mayor parte de las ocasiones son abusivos. La triste realidad es que nadie puede obligar al banco a llegar a un acuerdo de pago parcial y si no se paga, el banco puede embargar el piso y cualquier otro bien que tenga.
Abogado Mercantil Valencia Bufete Jesús León
Abogado de Manises especializado en Derecho Mercantil
La solución extrajudicial de pago aplazado debe ser admitida por ambas partes, desconozco el importe de la deuda y del periodo de aplazamiento, pero probablemente no se lo admitan por excesivo. No obstante, todo lo que vaya pagando le sería descontado en caso de reclamación judicial.
Si el piso es suyo, sólo embargarán su 50% pero el adjudicatario en subasta podría solicitar su posterior venta pública en subasta judicial.
Quedamos a su disposición,
Buenas Tardes, habría que mirar el caso con más detenimiento, nosotros tenemos una amplia experencia en la negociacion de deudas con bancos, si quieres podemos concertar una cita gratuita, admin@mixconsulting.com
Un Saludo
Aquí es el despacho del Dr. Nour Hanzal.
Lamentamos, por motivo de salud el Dr. Nour Hanzal no puede atenderles durante el presente mes mayo. Perdone por las molestias.
Un saludo.