Deuda de mi pareja de hecho

Me dirijo a ustedes en vista de su profesionalidad para pedir información sobre algo que me aterra.
Hace unos años me hice pareja de hecho en régimen de separación de bienes porque yo considero que mi relación es afectiva y en cuanto a patrimonio lo de cada uno es de cada uno, tanto las ganancias como las deudas si las hubiere.
Jamás dejo a deber ni el pan y tengo anotado al detalle cada próximo pago para estar pendiente llegado el día de que se ha efectuado correctamente.
Me encuentro desolada tras recibir una notificación de la Tesorería de la Seguridad Social en la que se me avisa que se va a embargar mi nómina por una deuda de mi pareja por más de 10.000 euros. Yo entiendo que a mí no me compete pagar ninguna deuda suya por firmar una separación de bienes pero me siento tan desarmada que necesito que alguien cualificado me lo confirme, que me den algún artículo o referencia a la ley que puedo alegar porque el pez grande siempre come al chico y necesito armas para defenderme.
Decir gracias se me queda muy corto si pudieran leer mi caso y ayudarme.

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Comparto la tesis de mi compañera, Vitoria Sangroniz, presente los doducmentos de separación de bienes, muevase rápido, y presente alegaciones, pero para mayor seguridad, le sugiero que con los documentos que tiene hable con el funcionario responsable de la Tesoreria de la Seguridad Social, explicándole lo que le pasa, por cuanto usted tiene derecho a una completa y clara información, y si se trata de un error, que presuntamente será lo más probable, dicho error puede ser retificado por la Administración, facilmente.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Baraibar Abogados

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Abogado de Vitoria-Gasteiz especializado en Derecho Civil

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Si eres pareja de hecho no te afecta.
Si estas casada y tienes separación de bienes ante notario y registrado en el registro civil (lo cual no podeis hacer sino estais casados tampoco te afecta).
Por cualquiera de los dos motivos, lo que no entiendo es porque haceis separacion de bienes si no estáis casados. Es como hacer separacion de bienes con el vecino.
Sino ha habido boda estate tranquila no te puede afectar.
Artículo 10 Condición de parte procesal legítima
Serán considerados partes legítimas quienes comparezcan y actúen en juicio como titulares de la relación jurídica u objeto litigioso
No es que con este articulo ganarias el juicio es que ni tan siquiera habria juicio que celebrar

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Sangroniz Abogados

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Abogado de Vitoria-Gasteiz especializado en Derecho de Familia

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Lo primero indicarte que no estás casada, por lo que no pueden ir a por ti. Simplemente eres pareja de hecho y si estás con separación de bienes menos pueden ir a por ti. En la resolución que te ha llegado te darán un margen para alegar lo que consideres oportuno. Yo aportaría la inscripción de pareja de hecho con separación de bienes y tras el escrito esperar respuesta si esta no es satisfactoria te recomiendo ir a los tribunales que además es posible que lo puedas hacer con justicia gratuita. Están haciendo cosas de estas la Administración y si no andas viva y recurres es firme y te embargan.

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