Devolucion del 10% del recargo de prestaciones
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Contestado
Buenos días, su asunto requeriría del estudio de la documentación y, de confirmarse que la deuda está prescrita, alegarlo oportunamente ante el INSS, no dejar de atender al requerimiento de pago sin más. Si lo desea se puede ponerse en contacto con nosotros y concertar una visita. Gracias!
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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