Devolución honorarios

Abogado penalista en Santa Pola (Alicante) Alejandro Rodríguez Vidal
Abogado de Santa Pola especializado en Derecho Penal
Estimado usuario:
Tenemos que partir de la base de que las costas en el procedimiento penal se imponen al condenado y, en muy escasos supuestos (mala fe o temeridad procesal), al denunciante, por lo que lamentablemente es muy complicado obtener una condena en costas y que quien haya "perdido" el juicio pague los gastos ocasionados.
Por otra parte, efectivamente el compañero no tiene que devolver los honorarios y está en su derecho de solicitar una provisión de fondos adicional por la tramitación de la oposición al recurso.
No obstante, si lo estimara oportuno, podría acudir a otro compañero que le plantee unos honorarios inferiores.
Saludos.
Alejandro Rodríguez Vidal

Abogado Comunidades de Propietarios Torrevieja DM & PARTNERS ABOGADOS
Abogado de Torrevieja especializado en Derecho Civil
En el procedimiento penal cuando el acusado está absuelto, las costas se declaran de oficio, es decir, cada parte abona las suyas. Al acusador particular sólo se le condena en costas si el juez aprecia temeridad o mala fe.
Las costas legalmente corresponden al cliente y no al abogado, por tanto, si su letrado cobra las costas, debería devolverlas a Usted.

Abogado divorcios San Pedro del Pinatar Beatriz Abogados
Abogado de San Pedro del Pinatar especializado en Derecho Civil
Si cobra las costas si esta obligado a devolverlo, si no cobra tiene que cobrar de Ustedes