Duda laboral: vacaciones pendiente

Buenas tardes:
La empresa para la que trabajo, me debe 10 días de vacaciones del año 2.017.
Después de varios cambios de parecer, han optado por dármelas ''ya''. Mi duda es, si de los 10 días, 6 de ellos son festivos y fines de semana, es legal o puedo negarme?
Gracias.

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El artículo 38.1 del Estatuto de los Trabajadores dice claramente que “el período o períodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones”. Por lo tanto habrá que acudir a tu convenio colectivo para ver qué dice. Respecto a los días festivos de tus vacaciones, hay que ver si en el Convenio Colectivo se computan por días naturales o por días laborales. Si se computan por días laborables, no se pierde, ya que no se debe contar para el cómputo de las mismas, pero si se computan por días naturales si que se perderían.

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Según el criterio de la empresa. Lo razonable es que las vacaciones comprendan 21 días hábiles al año. Que suman 30 días en condiciones normales. Dependerá de los días hábiles disfrutados, para que sean computados los pendientes.

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Buenas tardes,

Tal y como plantea la pregunta, todo parece indicar que los 10 días son integrales de vacaciones.

Un cordial saludo.

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HDH ABOGADOS VALENCIA

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Abogado de Valencia especializado en Derecho Civil General

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Buenos días,
parece que esos diez días sean vacaciones.
Saludos.

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