Dudas sobre la pensión compensatoria y Hacienda
En el caso que plantea, no hay inconveniente en presentar el nuevo acuerdo al Juzgado para su homologación. Es importante, porque si se plantea por motivos fiscales no basta un mero acuerdo privado,.
Si desea una primera visita gratuíta para resolver sus dudas y estudiar la mejor opción, estamos a su disposición.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Puede solicitar la modificación de medidas, aunque es posible que en su día se renunciara a la pensión compensatoria, por lo que sería conveniente explicar de algún modo el cambio de criterio. Espero haber sido útil, un cordial saludo.
ABOGADO GRANOLLERS - Mª DOLORES JORQUERA MOYA
Abogado de Mollet del Vallès especializado en Derecho Penal Común
Buenos días si usted había renunciado a la pensión , en un principio no aceptarían la modificación, pero según el motivo de la renuncia a la misma en una modificación el juez podria tenerlo en cuenta para adoptarla si procediera. Un saludo.
La pensión compensatoria solo se puede pedir en el primer procedimiento matrimonial de la ruptura, al menos en la normativa catalana.
Se puede pedir un cambio de medidas y Hacienda solo intervendrá en lo relativo a la declaración de renta.
Puede contactar con éste despacho.
Lamentamos decirle que no es posible.
Un saludo.