Embargos por impago de pensiones y compensatoria

Hola,

Te pediría si puedes me aclares un poco mi cabeza:

Si yo les meto 600 euros a mis hijos, y 200 euros a mi Ex, me faltarían 500€ según sentencia, que es 1200€ mes: 700€ por hijos y 500€ de pensión compensatoria.
Cuando haya dos meses con el pago incompleto, les debería 1000€.
Si ellos piden ejecución y al no tener nóminas ni dinero, ¿pueden ellos solicitar o embargar mis propiedades?

1. El procedimiento según te entendido seria: Ellos embargan una propiedad y lo inscriben en el registro. ¿Quién paga este paso? ¿Si lo pagan ellos, luego me reclaman el importe? ¿Lleva costas de su abogado este embargo si no pago?
2. Sale a subasta al año más o menos. ¿Puedo pagar antes de salir a subasta?
¿Ese pago para liberar la propiedad tendría gastos o costas?
3. Si entra en subasta, ¿puedo pagar? ¿O pierdo los derechos de la propiedad?
¿Esto tendría costes el liberarla o pagar dentro de la subasta?
¿Si gano la revisión de medidas durante este proceso me puede eximir de la deuda el juez? ¿Y el derecho a levantar el embargo o recuperar mi propiedad?
Incluso ganando la remisión de medidas, ¿debo de pagarles la deuda que exista que ha provocado el embargo?

Gracias.
No te quiero molestar con esto. Pero te pido por favor me asesores

Respuestas de otros profesionales:
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Verónica Murcia

Verónica Murcia

Abogado de Murcia especializado en Derecho de Familia

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Estimado Jacinto, tienes obligación de pagar esos 1.200 Euros mensuales, si no lo haces, como tú bien dices, pueden pedir ejecución de Sentencia y embargarte bienes, pensión, nómina... Y todo lo que tengas.
Esas anotaciones de embargo correrían de cuenta de su ex, pero podría reclamárselo si quisiera, y las costas de su abogado dependería de lo que diga la sentencia de ejecución. Si a usted le condenan en costas, tendrá que pagar los honorarios de su abogado.
Los procedimientos en el juzgado suelen ser lentos y tardíos (lo digo porque me pregunta por el tema de la subasta y de si saldría al año), por lo que no le puedo decir una fecha aproximada, ya que depende del Juzgado y del volumen de trabajo de éste.
También le digo que si no paga la pensión de alimentos, puede que le pongan una denuncia, esto es, vía penal, y lo condenen, que es un tema más serio.
Si no puede hacer frente a esas cantidades (1.200 euros/mes) le aconsejo que presente una modificación de medidas para poder reducir esa cuantía.
Si quiere, podemos concertar una reunión y pasarle un presupuesto para este tema.
Un saludo,
Verónica Murcia. Abogada.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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AFIN ABOGADOS. Abogados PENALISTAS y de FAMILIA Murcia
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Jacinto, lo primero es instar una modificación urgente de medidas.
Amén de los posibles embargos, no hay que perder de vista el delito de impago de pensiones y el correspondiente proceso que podría abrirse en tu contra en caso de impago.
En cuanto a las condonaciones de deuda, en los procesos penales suelen concederse una condonación parcial de la deuda pendiente.
Respecto al resto de procedimiento y pregunatas que planteas exigiria un estudio más profundo del asunto. En general el pago libera las cargas que lo garantizan. Sean estas, embargos, hipotecas, etc
Saludos cordiales

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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La batería de preguntas que realiza son susceptibles de compendiar en dos puntos, Si no modifica las medidas, tendrá que abonar integramente las mismas, Por otro lado, si ejecutan contra vd. la deuda, le embargarán todos los bienes o derechos, susceptibles de ello, incluido inmuebles. Los gastos así ocaisonados a la parte, mas los interses y costas, se liquidarán y serclamaán de igual modo, por lo que caso de no poder hacer frente a sus obligaciones, deberá solictar la modificación de sus medidas, que tendrán efectos a la fecha de su solicitud y no con anterioridad, Espero haber sido útil, un cordial saludo.

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