Hipoteca compartida con mi ex pareja
Abogado arrendamientos Madrid - Cristina Amor Barrado
Abogado de Leganés especializado en Derecho de Familia
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Mejor respuesta según autor
Buenas tardes, en principio usted tiene obligación del 50% de los gastos puesto que la vivienda es al 50% de cada parte, osea la mitad de cada uno. Debería pasarse por el despacho y estudiar el tema mas concretamente a ver que solución podemos encontrar puesto que hay pruebas de que usted está viviendo hace unos años en otro piso y que hubo un acuerdo verbal por ambas partes.
Debería poner solución cuanto antes porque la asesoría puede demandarla pidiendo la cantidad adeudada, aunque embargarla no porque eso tiene que decidirlo un juez.
Espero que le sirva la información, puede ponerse en contacto con el despacho a traves de nuestro perfil.
Reciba un saludo cordial.
Abogados Getafe - Tecnoderecho Asesores
Abogado de Getafe especializado en Derecho de Familia
Como le indica el compañero, a efectos legales usted como copropietaria viene obligada a pagar el 50% de los gastos, no obstante, habría que estudiar el tema y ver con qué documentos contamos. Seguramente con el contrato de alquiler de la otra vivienda podamos justificar su salida del piso.
En cuanto a la extinción del condominio, le advertimos que debe tener cuidado, no aconsejamos extinguir el condominio antes de hablar con el banco acreedor de la hipoteca, ya que es el que tiene que le tiene que autorizar para no constar con el deudor en el prestamo. Si se extingue el condominio pero no lo acepta el banco, seguirá siendo deudora.
Para cualquier aclaración puede contactarnos vía telefónica, por correo electrónico, o estaremos encantados de atenderla en una primera visita gratuita en nuestro despacho.
Un saludo.