Hipoteca compartida con mi ex pareja

Buenas tardes,

Me dirijo a ustedes para solicitarles ayuda con este tema: compré con mi ex un piso hace aproximadamente 10 años, pero las cosas se torcieron y hace algo más de dos años me marché de alquiler con mi actual pareja, acordando (en un principio de palabra) que yo renunciaba al piso y se lo cedía a él, dejando tanto los gastos de comunidad correspondiente como los pagos al día. Él, por su parte, habló con una supuesta asesoría, con la que íbamos a firmar un condominio.

Pasó el tiempo y no llegamos a firmar nada por incompetencia más bien de la asesoría, pero no hubo problemas de pagos hasta hace unos días, que me contacta la asesoría (en este caso de la propiedad) y me indican que ésta persona, ha ido pagando sólo la mitad de los gastos de comunidad, y que se produjo un problema en el tejado, y ahora hay una derrama, de la que a mi piso le corresponde pagar 2.500€. Al intentar dialogar, la otra parte dice que pague la mitad de la deuda y que luego firme el condominio y quedamos en paz. Con lo que me parece totalmente injusto, ya que yo ya no vivo allí, estoy en paro, y pago el alquiler y los gastos del otro piso.

La asesoría amenaza con embargarme la cuenta, y me gustaría que me ayudasen a saber qué opciones tengo, si se puede obligar a vender el piso, si se puede hacer algo mejor para solucionar el problema o qué cartas debo tomar en el asunto antes de que empeoren las cosas.

Gracias por su tiempo.

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Buenas tardes, en principio usted tiene obligación del 50% de los gastos puesto que la vivienda es al 50% de cada parte, osea la mitad de cada uno. Debería pasarse por el despacho y estudiar el tema mas concretamente a ver que solución podemos encontrar puesto que hay pruebas de que usted está viviendo hace unos años en otro piso y que hubo un acuerdo verbal por ambas partes.

Debería poner solución cuanto antes porque la asesoría puede demandarla pidiendo la cantidad adeudada, aunque embargarla no porque eso tiene que decidirlo un juez.

Espero que le sirva la información, puede ponerse en contacto con el despacho a traves de nuestro perfil.

Reciba un saludo cordial.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogados Getafe - Tecnoderecho Asesores

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Abogado de Getafe especializado en Derecho de Familia

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Como le indica el compañero, a efectos legales usted como copropietaria viene obligada a pagar el 50% de los gastos, no obstante, habría que estudiar el tema y ver con qué documentos contamos. Seguramente con el contrato de alquiler de la otra vivienda podamos justificar su salida del piso.
En cuanto a la extinción del condominio, le advertimos que debe tener cuidado, no aconsejamos extinguir el condominio antes de hablar con el banco acreedor de la hipoteca, ya que es el que tiene que le tiene que autorizar para no constar con el deudor en el prestamo. Si se extingue el condominio pero no lo acepta el banco, seguirá siendo deudora.
Para cualquier aclaración puede contactarnos vía telefónica, por correo electrónico, o estaremos encantados de atenderla en una primera visita gratuita en nuestro despacho.

Un saludo.

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