Emancipación de menor de edad y embarazada
Abogado Herencias Córdoba Navarro Cabanillas
Abogado de Córdoba especializado en Derecho de Familia
Buenas noches:
Caracteres de la emancipación.
1.Se produce de pleno derecho por el hecho del matrimonio (Art. 382 CC)
2.La emancipación es definitiva, en consecuencia no se extingue por disolución del matrimonio, sea por muerte o por divorcio, ni tampoco en caso de nulidad del matrimonio.
3.En caso de que el menor contraiga matrimonio sin el consentimiento de sus padres o del Juez, la emancipación se produce, pero el emancipado estará privado de la administración de sus bienes hasta su mayoridad.
Efectos de la emancipación.
1. Aunque no lo diga la Ley, la emancipación confiere al menor el libre gobierno de su persona, en consecuencia no está sometido a la Patria Potestad ni a la tutela de nadie. ◦El emancipado tiene capacidad para realizar por sí solo los actos de simple administración. (Art. 383 CC)
◦Para aquellos actos de excedan la simple administración requerirá autorización del Juez.
Un saludo cordial
ESTUDIO JURÍDICO GONZALEZ COLOMA
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
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Mejor respuesta según autor
La emancipación se obtiene por el matrimonio o por la mayoría de edad (art. 314 y 316 del Código Civil). Puedes igualmente solicitarla en el Juzgado, siempre que seas mayor de 16 años.
Saludos,
Gema González Coloma.
Abogado Divorcio Zaragoza Felipe Fernando Mateo Bueno
Abogado de Zaragoza especializado en Derecho de Familia
Buenos días,
Una vez cumplas los 16 años te puedes emancipar, mientras tanto estás bajo la patria potestad de tus padres, por lo tanto, ahora lo único que puedes hacer es esperar a cumplir esa edad.
En tu caso, la mejor opción para conseguir la emancipación sería contrayendo matrimonio. Si no deseas contraer matrimonio, otra opción es pedir la concesión judicial.
Por ultimo, decirte que aunque seas menor de edad no pueden obligarte a abortar.
Sin otro particular, quedo
Gesmadrid Abogados SLP
Abogado de Madrid especializado en Derecho del Trabajo
Unido a lo anteriormente mencionado por los compañeros, sólo te diré que nadie puede decidir por ti, aunque sea tu padre y no estés emancipada. Saludos
Abogado Herencias Córdoba Navarro Cabanillas
Abogado de Córdoba especializado en Derecho de Familia
Puede contactar al tlf 670804601 y gustosamente le atenderemos. Gracias