Embargo de cuenta de mi expareja y cuota impagada

Buenas noches,

La cuenta está abierta a nombre de los dos, porque la entidad bancaria lo exige, por estar la hipoteca al 50%. La otra parte no ingresa nada desde hace años y, de vez en cuando, la Agencia Tributaria activa el embargo.
En todos los ingresos hago constar que la cantidad ingresada, justo el día antes o el mismo día, es para atender la hipoteca.
Aún así, después de 3 días de insistir y escribir mails de queja, hoy me han comunicado que la entidad bancaria ha "certificado" el saldo y que el 50% se le abonará a la Agencia Tributaria, por lo que atienden el pago de la cuota de hipoteca, pero que la cuenta quedará en descubierto por el 50% del saldo certificado. Insisten en que no pueden solucionarlo.
En la Agencia Tributaria no me atienden por que el embargo no está a mi nombre.
¿Qué más puedo hacer? ¿Alguna acción legal que pueda hacer? ¿Hay algún defensor del consumidor o usuario al que le pueda exponer mi situación?
¿Cualquier otra?

Gracias.

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Antoni Fajardo Abogado

Abogado de Sant Feliu de Guíxols especializado en Derecho Urbanístico

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  • 1 voto útil
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Buenos días,

Ante todo, disculparme por la tardanza, motivada por enfermedad.

En primer lugar, comentar que no es un tema que se ajuste a mi rama de derecho pero he de decir que la cuenta indistinta o a medias presupone que el capital depositado lo es en función del porcentaje de cada titular.

Considero que, y me consta que en alguna ocasión se ha conseguido, se debería negociar con el banco la acreditación de pago por su parte y la morosidad de la de su expareja para, posteriormente, requerirla de pago y, en caso de no cumplir, proceder al embargo de su mitad.

Saludos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
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Buenos días.
Lo primero que haría seria intentar cambiar la cuenta de pago de la hipoteca, cosa que el banco puede hacer si quiere, de forma que la otra cuenta quede sin saldo, y después, como es lógico, intentar solucionar el tema con al agencia tributaria.
Tenga en cuenta que si la orden de embargo es anterior al momento en que usted ingresa la cantidad para el pago de la hipoteca, el banco no tiene mas remedio que atender al citado embargo.
Mi consejo es que se ponga en contacto con un abogado para que le aconseje, o en su caso acuda al servicio de atención al consumidor de su ciudad.
Un cordial saludo

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ABOGADO URBANISMO CORUÑA CARREIRA ABOGADOS
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Buenos días:
Estamos de acuerdo con la respuesta que le ha dado el Gabinete Jurídico Padros.
Un saludo.

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