Embargo pensión por impago alquiler

Buenos días,

Nos ha llegado un carta de la Seguridad Social informando del embargo de una parte de la pensión de mi marido por una deuda que teníamos pendiente del alquiler de un local comercial. En ningún momento me han citado para juicio y mi abogado no me ha informado con antelación.
La cuestión es que el único ingreso que tenemos es la pensión ya comentada y que de ésta pagamos hipoteca y préstamos personales del negocio que tuvimos que cerrar quedándonos a cero del ingreso de la pensión.
¿Es posible recurrir esta sentencia con los datos que os aportamos?

Un saludo y gracias.

Respuestas de otros profesionales:
Basic
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Contestado

Hay que conocer el procedimiento a fondo y al menos sus datos, con el fin de comprobar si ha habido algún defecto que permita solicitar nulidad de actuaciones, o si se encuentra en plazo para recurrir, todo lo cual sin ver los autos es casi imposible. Hable con su abogado al respecto o encargue el estudio del asunto a otro si el actual no goza de su confianza, liquidando sus honorarios. Espero haber sido útil, un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Main Advisers

Main Advisers

Abogado de Barcelona especializado en Asesoramiento jurídico a empresas

VER PERFIL
Contestado

Debería verificarse como ha transcurrido el procedimiento y si las notificaciones se han realizado correctamente, de lo contrario podría intentarse la nulidad del juicio, aunque con eso solamente se retrasaría el embargo, si la deuda existe.

Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogados.eu.com

Abogados.eu.com

Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
Contestado

Buenas tardes,

Debería comprobarse si las notificaciones se han realizado correctamente, de lo contrario podría intentarse la nulidad del juicio, aunque con eso solamente se retrasaría el embargo, si la deuda existe.

Quedamos a su disposición.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado