Empresa donde trabajo cambia de compañia
Abogado derecho del trabajo Barcelona MC JIMÉNEZ
Abogado de Barcelona especializado en Despidos
En este caso, se debería estar al acuerdo de subrogación empresarial, al parecer han decidido subrogar a toda la plantilla en las mismas condiciones, no obstante, puede hablar con la empresa, será esta quien tenga la facultad de arreglar su situación, en el caso de que decidan extinguir su contrato, le correspondería una indemnización de 20 días por año. Para calculo de la indemnización puede concertarme una primera visita sin compromisoa mcjimenez@mcjimenez.com Gracias.
Abogado Extranjería Barcelona Patón Abogados
Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo
Por lo que señala, el cambio de empresario en su relación laboral no implicará ningún cambio para usted, por lo que si usted decide no continuar en la empresa se entendería que es una baja voluntaria y no tendría dereho a indemnización ni a cobrar posteriormente prestación por desempleo. Siempre puede intentar hablar con los nuevos propietarios para intentar negociar una mejor salida. Un saludo
ABOGADO LABORAL TERRASSA LeX-it Advocats
Abogado de Terrassa especializado en Derecho del Trabajo
Si le respetan todas sus condiciones contractuales, no tiene derecho a extinguir su contrato indemnizadamente. Si Ud. se marcha, se trataría de una baja voluntaria, sin indemnización y sin prestación de desempleo. Tal como ya le han comentado algunos compañeros, puede plantear su interés a la empresa entrante a ver si le ofrecen algo.
En nuestra opinión, si no le cambian las condiciones laborales no puede optar por marcharse con una indemnización, aunque seguro que si usted lo plantea se avienen a negociarlo.
Un saludo.
No hay modificaciones contractuales, ni por condiciones ni por retribuciones, por lo que no pueden alegarse motivos para la rescisión del contrato por su parte y que estas den derecho a indemnización.
Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos Giralt
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil General
Si no le mofican las condiciones , no puede solicitar indemnización . Es probable que lo pueda negociar , pues en este tipo de casos casi siempre están abiertos a reducir personal .
Sin cambio de las condiciones laborales no puede solicitar indemnización, pero puede tratar de negociarlo con la empresa.
TARINAS GRUP
Abogado de Calella especializado en Derecho del Trabajo
Si no hay cambio de las condiciones no es posible pedir la resolución del contrato y por tanto no procede percibir ninguna indemnización.