La empresa nueva no nos quiere subrogar
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Contestado
Con caracter general, si el nuevo empresario continua con la misma actividad y en las mismas condiciones que el anterior, tiene la obligación de subrogar a la plantilla.
No obstante, sería necesario conocer la actividad de la empresa y su Convenio de Aplicación, a efectos de valorar la viabilidad de la reclamación.
En cualquier caso, tenga presente que si ya se le ha comunicado la no-subrogación, en caso de querer reclamarla, deberá presentar una acción por despido en un plazo máximo de 20 días hábiles desde la notificación.
Quedamos a disposición:
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